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TSJ

AS/0012/2014-RA

Tribunal Supremo de Justicia
24 de marzo de 2014PenalMag. Maritza Suntura Juaniquina
Proceso
Cheque en Descubierto
Sala
Penal
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 012/2014-RA

Sucre, 24 de marzo de 2014

Expediente : Cochabamba 5/2014

Parte acusadora : Macario Cruz Zegarra

Parte imputada : Iván Alejandro Villarroel Vogt

Delito : Cheque en Descubierto

RESULTANDO

Por memorial presentado el 3 de febrero de 2014, cursante de fs. 167 a 169 vta., Iván Alejandro Villarroel Vogt, formula recurso de casación impugnando el Auto de Vista 69 de 23 de diciembre de 2013 de fs. 154 a 155, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Macario Cruz Zegarra representado por Marcos Melanio Pérez Campos, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

1) En mérito a la querella formulada por Marcos Melanio Pérez Campos en representación de Macario Cruz Zegarra (fs. 2 a 6) y desarrollada la audiencia de juicio, por Sentencia de 25 de enero de 2011 (fs. 117 a 120 vta.), el Juez Cuarto de Sentencia de Cochabamba declaró al imputado Iván Alejandro Villarroel Vogt, autor y responsable de la comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del CP, imponiéndole la pena de tres años y ocho meses de reclusión y multa de cincuenta días multa, de Bs.50.- por día, más el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia a favor de la acusación particular y/o víctima, pagaderos al tercer día.

2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Iván Alejandro Villarroel Vogt, presentó recurso de apelación restringida (fs. 126 a 128 vta.), siendo resuelto por Auto de Vista 69 de 23 de diciembre de 2013, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso y confirmó en todos sus extremos la Sentencia apelada.

3) Notificado el imputado Iván Alejandro Villarroel Vogt, con el referido Auto de Vista el 23 de enero de 2014 (fs. 156), interpuso el recurso de casación que es motivo de autos, el 3 de febrero del mismo año.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) El recurrente denuncia que el Juez de Sentencia no valoró con objetividad las pruebas de descargo, por lo que la Sentencia apelada no refleja la verdad resultando injusta la condena que se le aplicó; acusa la vulneración de derechos y garantías constitucionales como la presunción de inocencia, debido proceso, principio de certeza e imparcialidad, invocando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 53/2012 de 22 de marzo y 337/2011 de 17 de junio, a tiempo de precisar que el último establece que: “el Tribunal de alzada es competente para anular obrados cuando existen defectos absolutos aun cuando estos no han sido reclamados”.

2) Denuncia además, que el Tribunal de alzada valoró la prueba de cargo, sin tener esa facultad, cita como precedente el Auto Supremo 336/2011 de 13 de junio, que señala: “el Tribunal de Sentencia es el único con la facultad para valorar las pruebas en el juicio oral y no el Tribunal de alzada”, elemento que es contrario al Auto de Vista recurrido, puesto que si bien el Tribunal de alzada no está facultado a la valoración de la prueba en mérito al art. 370 con relación al art. 169 del Código de Procedimiento Penal (CPP), debió revisar la valoración de la prueba, reponiendo el juicio a manera de un saneamiento procesal.

Concluye, solicitando que previa la compulsa de la fundamentación presentada en el recurso interpuesto, en resolución se anule el Auto de Vista recurrido, ordenando a la Sala Penal Segunda, la emisión de un nuevo Auto de Vista de la forma exigida y establecida por ley.

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Datos del proceso

Demandante
Macario Cruz Zegarra
Demandado
Iván Alejandro Villarroel Vogt
Proceso
Cheque en Descubierto
Magistrado relator
Maritza Suntura Juaniquina
Tribunal Supremo de Justicia24 de marzo de 2014AS/0012/2014-RAFuente oficial