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TSJ

AS/0014/2015-RA

Tribunal Supremo de Justicia
8 de enero de 2015PenalMag. Maritza Suntura Juaniquina
Proceso
Asesinato
Sala
Penal
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 014/2015-RA

Sucre, 08 de enero de 2015

Expediente : Pando 18/2014

Parte acusadora : Ministerio Público

Parte imputada : Lider Landivar Zampieri

Delito : Asesinato

RESULTANDO

Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2014, cursante de fs. 59 a 61, Lider Landivar Zampieri, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 12 de septiembre de 2014 de fs. 49 a 52, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 1) y 2) del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 09/2014 de 30 de mayo (fs. 23 a 29), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Lider Landivar Zampieri, autor de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 1) y 2) del CP, condenándole a la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, más costas, daños y perjuicios averiguables en sentencia.

b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Lider Landivar Zampieri, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 34 a 38 vta.), resuelto por Auto de Vista de 12 de septiembre de 2014 emitido por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la sentencia impugnada.

c) El 18 de noviembre 2014 (fs. 53), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 25 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Revisado el recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) Con carácter previo a ingresar en la argumentación del motivo de casación, el recurrente realiza una relación de actuados procesales señalando que serían la causa para la dilación del proceso, concluyendo que el Auto de Vista impugnado rechazó su solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, con el fundamento de que la responsabilidad era del imputado y que no podía considerarse como prueba el mismo expediente; argumento que sería contrario a lo expresado por las Sentencias Constitucionales Nº 1090/2012, 0163/2012, 0679/2011, 0651/2011, 0036/2005 y 0839/2005; aduce que, una vez presentada la excepción de vencimiento del plazo máximo, según la Sentencia Constitucional 0430/2010, debía suspenderse el juicio “hasta que se resuelva la apelación incidental”; sin embargo, se continuó con el juicio, lo que constituye un defecto absoluto correspondiendo la nulidad; manifiesta que: “no se precisa incluso anunciar precedentes contradictorios, conforme establece el art. 169 inc. 4) del C.P.P”; empero, posteriormente señala ratificarse en los precedentes invocados en la audiencia de apelación.

2) Inobservancia del art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por parte del Tribunal de alzada, alegando que en apenas ocho reglones estableció que la sentencia cumplía con la debida fundamentación, además de reproducir el contenido del concepto de fundamentación, “sin introducir el análisis de los elementos relativos al caso concreto en calidad de subsunción, que es lo que determina el cumplimiento de la misma” (sic.), como precedentes contradictorios invoca los Autos Supremos 260/2013 de 11 de octubre, 307/2012 de 24 octubre, “2040/2013” de 30 de agosto, 068/2014-RA de 31 de marzo, que fueron también enunciados en la audiencia de apelación; las sentencias Constitucionales 0571/2010, 0434/2010, 0007/2010, 0479/2010 y el Auto de Vista de 27 de noviembre de 2012 de Cobija

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Lider Landivar Zampieri
Proceso
Asesinato
Magistrado relator
Maritza Suntura Juaniquina
Tribunal Supremo de Justicia8 de enero de 2015AS/0014/2015-RAFuente oficial