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TSJ

AS/0014/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
16 de enero de 2024Civil
Proceso
Pago por el uso y goce de frutos civiles en bienes comunes
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 014/2024-RA

Fecha: 16 de enero de 2024

Expediente: CB-3-24-A.

Partes: Ivette Gonzáles Egüez y Alex Gonzáles Egüez c/ Aldo González Egüez y Mary Ivia Gonzáles Egüez.

Proceso: Pago por el uso y goce de frutos civiles en bienes comunes.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 270 a 275, interpuesto por Aldo Gonzáles Egüez y Mary Ivia González Egüez, contra el Auto de Vista de 22 de marzo 2023, corriente de fs. 259 a 267, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de pago por el uso y goce de frutos civiles en bienes comunes, seguido por Ivette Gonzáles Egüez y Alex Gonzáles Egüez contra los recurrentes; la contestación visible de fs. 280 a 286 vta.; el Auto de concesión de 29 de diciembre de 2023 a fs. 288; todo lo inherente al proceso, y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Ivette Gonzáles Egüez y Alex Gonzáles Egüez por memorial de fs. 26 a 29 vta., subsanado a fs. 36 a 37 y 39 vta., iniciaron el proceso ordinario de pago por uso y goce de frutos civiles contra Aldo Gonzáles Egüez y Mary Ivia González Egüez; quienes una vez citados, el primero se apersona, responde de manera negativa y plantea excepciones previas, la segunda junto con Mary Luz Egüez García de Gonzales, por escrito de fs. 62 a 64 vta., se apersonan como terceras interesadas y plantearon excepción previa; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión del Auto interlocutorio de 14 de octubre de 2020, que sale de fs. 190 a 191 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 2° de Sacaba – Cochabamba, declaró IMPROBADA la excepción de tramite concedido inadecuadamente por la autoridad judicial y PROBADA la excepción de prescripción, disponiendo el archivo de obrados.

2. Resolución de primera instancia recurrida en apelación por Ivette Gonzáles Egüez y Alex Gonzáles Egüez, mediante memorial cursante de fs. 205 a 212 y por Aldo Gonzáles Egüez y Mary Ivia González Egüez, por memorial de fs. 241 a 243 vta., origino que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 22 de marzo de 2023, de fs. 259 a 267, que CONFIRMÓ parcialmente el Auto apelado, declarando IMPROBADA la excepción de prescripción y CONFIRMANDO lo resuelto en cuanto a la nulidad de obrados y la excepción de tramite concedido inadecuadamente por la autoridad judicial.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Aldo González Egüez y Mary Ivia González Egüez según memorial cursante de fs. 270 a 275, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

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Datos del proceso

Demandante
Ivette Gonzáles Egüez y Alex Gonzáles Egüez
Demandado
Aldo González Egüez y Mary Ivia Gonzáles Egüez
Proceso
Pago por el uso y goce de frutos civiles en bienes comunes
Tribunal Supremo de Justicia16 de enero de 2024AS/0014/2024-RAFuente oficial