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TSJReiteradora

AS/0015/2021

Tribunal Supremo de Justicia
10 de marzo de 2021Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Terminación de la relación laboral / Despido / Indirecto

El recurrente manifiesta que no se cumplió con lo que establece el art. 202 del Código Procesal del Trabajo, ya que de una revisión exhaustiva se verifica que se incurrieron en errores, al no valorar todo lo que está establecido en el proceso, y de haber valorado, se lo ha hecho con el afán de favor...

Proceso
proceso por pago de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 15/2021

Sucre, 10 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII- CBBA. 63/2021

Distrito: Cochabamba.

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 134 a 135 vta., interpuesto por Hugo Alejandro Rudon Pozo en representación de la Empresa Unipersonal BUY IT NOW, contra el Auto de Vista Nº 134/2020 de 10 de agosto de fs. 128 a 131 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Vanessa Cinthya Céspedes Camacho contra la empresa recurrente, el Auto de 27 de noviembre de 2020 a fs. 141 que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 63/2021-A de 26 de enero de fs. 149 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso.

I.1.1. Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia 49/2019 de 26 de septiembre de fs. 101 a 108, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 3 a 4 vta. por concepto de desahucio, bono de antigüedad e indemnización en el primer periodo trabajado, e indemnización, aguinaldo de navidad por duodécimas, el desahucio mas el retroactivo del incremento salarial y los sueldos devengados en el segundo periodo trabajado., debiendo Hugo Alejandro Rudon Pozo cancelar Bs. 61.268,65 por concepto de beneficios sociales y derechos laborales:

Primer Periodo

Fecha de Ingreso: 01/04/2012

Fecha de Retiro: 18/04/2016

Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 3.340,25

Indemnización Bs. 13.518,73

Desahucio Bs. 10.020,75

Bono de Antigüedad Bs. 1.932,90

Sub total de Beneficios Sociales Bs. 25.472,38

Segundo Periodo

Fecha de Ingreso: 01/11/2016

Fecha de Retiro: 18/08/2017

Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 3.478,00

Indemnización Bs. 2.772,74

Desahucio Bs. 10.434,00

Aguinaldo por duodécimas Bs. 2.202,73

Retroactivo Incremento Salarial Bs. 910,00

Sueldos Adeudados Bs. 19.476,80

Sub total de Beneficios Sociales Bs. 35.796,27

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Máxima

DESPIDO INDIRECTO/La falta de pago de sueldos que exceda los 15 días, es reconocido como despido indirecto, correspondiendo el pago de desahucio e indemnización en favor del trabajador.

Datos del proceso

Demandante
Vanessa Cinthya Céspedes Camacho
Demandado
Empresa Unipersonal BUY IT NOW
Proceso
proceso por pago de beneficios sociales
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículo 48 de la Constitución Política del Estado Artículo 53 de la Ley General del Trabajo

Tribunal Supremo de Justicia10 de marzo de 2021AS/0015/2021Fuente oficial