Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 017 Sucre, 11 de enero de 2011
Expediente: La Paz 149/2005.
Partes: Silvia Ramírez Calderón c/ Javier Rojas Calderón.
Delito: Homicidio por emoción violenta.
VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal presentada por Max Javier Rojas Calderón el 11 de abril de 2008 (fojas 454 a 456), en el proceso penal sustanciado en su contra a querella de Silvia Ramírez Calderón, con imputación por el delito de homicidio por emoción violenta.
CONSIDERANDO: que a fin de decidir en la vía de previo y especial pronunciamiento si es aplicable al caso la previsión contenida en la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal sobre duración máxima de procesos tramitados con sujeción al sistema procesal anterior, o la regla de excepción a que hace referencia la Sentencia Constitucional No 101 de 14 de septiembre de 2004, se cuenta con los siguientes antecedentes:
1.- El proceso penal se inició el 21 de marzo de 2001 con Auto Inicial de la Instrucción (fojas 130). Luego de la fase del Plenario, concluyó en primera instancia con sentencia de 12 de marzo de 2004 (fojas 322 a 325) que declaró a Max Javier Rojas Calderón autor del delito de homicidio por emoción violenta, condenándolo por ello a la pena de seis años de reclusión.
2.- Ante el recurso de apelación que presentó el procesado (fojas 329), la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz pronunció el Auto de Vista de 23 de febrero de 2004 (fojas 360 a 361), que confirmó la sentencia apelada con la modificación del tiempo de condena que redujo la pena a cinco años de reclusión.
3.- Esa resolución dio origen a los recursos de casación presentados tanto por la querellante (fojas 364 a 365 vuelta) como por el procesado (fojas 370 a 372), en cuyo mérito la causa radicó en la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia el 14 de junio de 2005 (fojas 376), sin haberse emitido desde entonces la correspondiente resolución definitiva.
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