Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 18
Sucre: 22 de febrero de 2013
Expediente: LP – 4 – 08 - S
Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación y otros.
Partes: Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz c/ Roberto Quispe López y otra.
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
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VISTOS: El recurso de casación de fojas 248 a 250, interpuesto por el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, contra el Auto de Vista Nº REV - 304 de 31 de agosto de 2007, dictado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación, acción negatoria, cancelación de partida y pago de daños y perjuicios, seguido por la entidad recurrente contra Roberto Quispe López y Julia Lucana de Quispe, la respuesta de fojas 254 a 255, el auto concesorio de fojas 258, los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.-
Que, tramitada la causa de referencia, el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 615 de 29 de noviembre de 2006, cursante de fojas 181 a 183 vuelta, declarando improbada la demanda de fojas 12 a 15 de obrados debiendo elevarse en consulta conforme el artículo 197 del Procedimiento Civil.
En grado de apelación, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Auto de Vista Nº REV - 304 de 31 de agosto de 2007, cursante de fojas 233 a 235, confirmó la sentencia apelada de fojas 181 a 183 vuelta, conforme a lo previsto por el artículo 237-1-1) y 197 del Código de Procedimiento Civil.
Contra el fallo de segunda instancia, el Gobierno Municipal de La Paz, por memorial de fojas 248 a 250, interpuso recurso de casación en la forma.
CONSIDERANDO II:
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