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TSJ

AS/0018/2021-RA.

Tribunal Supremo de Justicia
8 de enero de 2021Civil
Proceso
Reivindicación y mejor derecho propietario.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 18/2021-RA.

Fecha: 08 de enero de 2021

Expediente: O-2-21-S.

Partes: Diego Magne Veliz c/ Florentino Sandoval Colque, Emma Canaviri Choque de Sandoval, Jacobo Vasquez Chinche y Teofanes Calizaya Checa.

Proceso: Reivindicación y mejor derecho propietario.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 399 a 402 vta., interpuesto por Florentino Sandoval Colque y Emma Canaviri Choque de Sandoval contra el Auto de Vista Nº 234/2020 de 17 de noviembre, cursante de fs. 381 a 390 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso de reivindicación y acción negatoria, seguido por Diego Magne Veliz contra Florentino Sandoval Colque, Emma Canaviri Choque de Sandoval, Jacobo Vasquez Chinche y Teofanes Calizaya Checa, la contestación cursante de fs. 408 a 409, el Auto de concesión de 17 de diciembre de 2020 cursante a fs. 410, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base a la demanda cursante a fs. 51 a 55, subsanada de fs. 94 a 96 vta., Diego Magne Veliz, inició proceso ordinario de reivindicación y acción negatoria contra Florentino Sandoval Colque, Emma Canaviri Choque de Sandoval, Jacobo Vásquez Chinche y Teofanes Calizaya Checa, quienes una vez citados; Florentino Sandoval Colque y Emma Canaviri Choque de Sandoval mediante memorial cursante de fs. 110 a 115, se apersonan fuera de plazo para responder a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 108/2019 de 11 de octubre, cursante de fs. 321 a 327 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial N° 6 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró: PROBADA en parte la demanda principal, IMPROBADA la acción negatoria y resarcimiento de daños y perjuicios.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Florentino Sandoval Colque y Emma Canaviri Choque de Sandoval, mediante memorial cursante de fs. 337 a 339 vta.; la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 234/2020 de 17 de noviembre, cursante de fs. 381 a 390 vta.; CONFIRMANDO la Sentencia de 11 de octubre de 2019, con la condenación de costos y costas.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Florentino Sandoval Colque y Emma Canaviri Choque de Sandoval, mediante memorial cursante de fs. 399 a 402 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273, 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Diego Magne Veliz
Demandado
Florentino Sandoval Colque, Emma Canaviri Choque de Sandoval, Jacobo Vasquez Chinche y Teofanes Calizaya Checa.
Proceso
Reivindicación y mejor derecho propietario.
Tribunal Supremo de Justicia8 de enero de 2021AS/0018/2021-RA.Fuente oficial