Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 18/2022-RA
Fecha: 10 de enero de 2022
Expediente: T-1-22-S.
Partes: Empresa de Inversiones Sucre S.A. (ISSA) c/ Compañía Nacional de
Servicios de Ingeniería CONALSI S.R.L.
Proceso: Cumplimiento de obligación.
Distrito: Tarija.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 919 a 925 vta., interpuesto por la Compañía Nacional de Servicios de Ingeniería CONALSI S.R.L., representada por Sergio Alberto Donoso Trigo, contra el Auto de Vista N° 168/2021 de 29 de octubre, de fs. 909 a 916 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Pública Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro el proceso de cumplimiento de obligación seguido por la Empresa de Inversiones Sucre S.A. (ISSA) contra la recurrente, la contestación de fs. 936 a 938 vta., el Auto de concesión de 06 de diciembre de 2021 cursante a fs. 939, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 266 a 269, la Empresa de Inversiones Sucre S.A. (ISSA) inició el proceso ordinario de cumplimiento de obligación, contra la Compañía Nacional de Servicios de Ingeniería CONALSI S.R.L., representado por Sergio Alberto Donoso Trigo, que una vez citada, mediante memorial de fs. 724 a 729 vta., contestó en forma negativa y reconvino por resolución de contrato administrativo de obra por imposibilidad sobreviniente; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia de 03 de noviembre de 2017 cursante de fs. 866 vta. a 883, donde la Juez Público Civil y Comercial 4° de la ciudad de Tarija, declaró PROBADA la demanda de cumplimiento de obligación de fs. 266 a 269 e IMPROBADA la demanda reconvencional de fs. 724 a 729 vta.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por la Compañía Nacional de Servicios de Ingeniería CONALSI S.R.L., representada por Sergio Alberto Donoso Trigo mediante memorial de fs. 886 a 890, originó que la Sala Civil y Comercial, Familia Niñez y Adolescencia Pública Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emita el Auto de Vista N° 168/2021 de 29 de octubre, cursante de fs. 909 a 916 vta., CONFIRMANDO la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación la Compañía Nacional de Servicios de Ingeniería CONALSI S.R.L., representada por Sergio Alberto Donoso Trigo, según escrito cursante de fs. 919 a 925 vta; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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