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AS/0018/2024

Tribunal Supremo de Justicia
30 de enero de 2024Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Inversión de la prueba en el empleador

La parte recurrente arguye que, no corresponde reconocer el pago del bono de refrigerio, pre natalidad, vacaciones y bono de antigüedad; porque, debió aplicarse los arts. 6 de la Ley N° 2027 Estatuto del Funcionario Público de 27 de octubre de 1999 y 60 del Decreto Supremo (DS) N° 26115; debido a qu...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

AUTO SUPREMO Nº 18/2024

Sucre, 30 de enero de 2024

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES

Expediente : 631/2023

Demandante : Richard Germán Pilco Escobar

Demandado : Gobierno Autónomo Departamental de ..Pando

Proceso : Beneficios Sociales

Distrito : Pando

Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez

I.VISTOS: El recurso de casación de fs. 279 a 281 vta., interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando (GADP), contra el Auto N° 78/23 de 4 de octubre de 2023 de fs. 273 a 275, emitido por la Sala Civil, Familia, Niño, Niña y Adolescente, Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso de Beneficios Sociales seguido por Germán Richard Pilco Escobar contra la entidad recurrente; la contestación de fs. 290 a 291; el Auto N° 243/23 de 23 de octubre de 2023 a fs. 292 que concedió el recurso; el Auto Supremo 631/2023-A de 9 de noviembre a fs. 304 que declaró admisible el recurso de casación; los antecedentes del proceso y,

II. ANTECEDENTES PROCESALES

1. Sentencia. –

Tramitado el proceso de beneficios sociales, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió la Sentencia N° 18/2023 de 12 de mayo de fs. 214 a 216 que declaró PROBADA la demanda, ordenándose a la entidad demandada pague a favor del actor los siguientes beneficios y derechos sociales:

Refrigerio

893 días

18 bs. x día

16.074

Pre, Natalidad, Lac.

14.677

Vacaciones

16.500

Bono de antigüedad

92.604

Total

139.855 Bs.

2. Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la entidad demandada de fs. 224 a 226, por Auto N° 78/23 de 4 de octubre de 2023 de fs. 273 a 275, emitido por la Sala Civil, Familia, Niño, Niña y Adolescente, Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, CONFIRMÓ la Sentencia N° 18/2023 de 12 de mayo de 2023.

III. ARGUMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN. –

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo promovido por la entidad demandada cursante de fs. 279 a 281 vta. que se sustentó en los siguientes puntos:

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Máxima

INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La inversión de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, puesto que las pruebas aportadas por la parte recurrente son insuficientes para desvirtuar lo alegado por la otra parte y para privar a los trabajadores de sus beneficios sociales debe existir prueba suficiente para reconocer o no los conceptos reclamados.

Datos del proceso

Demandante
Richard Germán Pilco Escobar
Demandado
Gobierno Autónomo Departamental de ..Pando
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículo 48 de la Constitución Política del Estado. Artículo 150 del Código Procesal del Trabajo.

Tribunal Supremo de Justicia30 de enero de 2024AS/0018/2024Fuente oficial