Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 19/2021
Sucre, 10 de marzo de 2021
Expediente: SC-CA.SAII- SCZ. 506/2020
Distrito: Santa Cruz.
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 236 a 238 vta., interpuesto por Nancy Margott Llano Cardenas en representación de la Universidad Nacional Del Oriente UNO, contra el Auto de Vista Nº 47 de 13 de julio de 2020 de fs. 226 a 229, pronunciado por la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Silvia Susan Helen Hurtado de Saucedo contra la entidad recurrente, el Auto 34/2020 de 11 de noviembre de 2020 a fs. 246 y vta. que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 506/2020-A de 4 de diciembre de fs. 254 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso.
I.1.1. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 16 de 7 de marzo de 2019 de fs. 175 a 178 vta., declarando PROBADA la demanda de fs. 39 a 46 vta., con costas, debiendo la Universidad Nacional del Oriente Uno cancelar la suma de Bs.15.437,50 por los beneficios sociales a Silvia Susan Helen Hurtado de Saucedo por concepto de:
Indemnización Bs. 1.500,00
Aguinaldo Bs. 3.000,00
Vacación Bs. 750,00
Sueldos Devengados Bs. 6.000,00
Sub Total Beneficios Sociales Bs. 11.875,00
Multa 30% Bs. 3.562,50
TOTAL Bs. 15.437,50
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la Universidad Nacional del Oriente de fs. 182 a 185, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Administrativa y Tributaria Primera Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 47 de 13 de julio de 2020, cursante de fs. 226 a 229, revoca en parte la sentencia N° 16 de 7 de marzo de 2019 quedando el finiquito de la siguiente manera:
Desahucio Bs. 4.200,00
Indemnización 12 años Bs. 16.800,00
11 meses Bs. 1.283,33
10 días Bs. 38,88
Aguinaldo
Gestión 2002 Bs. 1.073,30
Gestión 2003 Bs. 33.600,00
Gestión 2015 Bs. 16.932,22
Gestión 2013 y 2014 Bs. 5.600,00
Vacación
Por 1 Gestión de 15 días Bs. 750,00
Bono de Antigüedad
Del 12/08/2004 al 12/08/2007 Bs. 2.520,00
Del 12/08/2007 al 12/08/2010 Bs. 5.544,00
Del 12/08/2010 al 12/08/2013 Bs. 9.072,00
Del 12/08/2014 de 12/07/2015 Bs. 8.372,00
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