Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: N° 20/2002 27 de febrero de 2002 EXP.: 252/96
PROCESO : Detención Preventiva con fines de Extradición
DISTRITO : Tarija
PARTES : Embajada Argentina c/ Julio Gabriel Coronado
RELATOR :
VISTOS EN SALA PLENA: El oficio No. DAJ-868/15623 de 11 de noviembre de 1996, remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Bolivia, al que se adjunta el exhorto suplicatorio librado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, solicitando la extradición del ciudadano argentino Julio Gabriel Coronado, condenado por el delito de Transporte de Estupefacientes; las posteriores comunicaciones remitidas a través de la Cancillería de la República, mediante las que la Embajada Argentina solicitó información sobre el estado del trámite, incluyendo la Nota diplomática de 26 de abril de 2001, por la que se reitera la solicitud; el dictamen fiscal de fs. 122; y
CONSIDERANDO: Que, la Corte Suprema de Justicia, mediante Auto Supremo de 8 de enero de 1997, dispuso la detención provisional de Julio Gabriel Coronado, comisionando la ejecución del mandamiento a las autoridades judiciales y policiales del Departamento de Tarija, precisando que la detención debía cumplirse por el término de 60 días, dentro del que la Embajada Argentina debía formalizar la demanda de extradición, caso contrario debía ser puesto en libertad. En fecha 24 de febrero de 1997, funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico procedieron a la detención del sujeto extraditable, quien permaneció detenido en el penal de la ciudad de Tarija hasta el 25 de abril del mismo año, cuando el Juzgado de Sustancias Controladas de dicha ciudad, dispuso su libertad por haberse cumplido el periodo de 60 días de detención cautelar y por no haberse conocido ninguna orden de ampliación al plazo de vigencia de la medida cautelar.
CONSIDERANDO: Que, establecido como se encuentra el hecho que la solicitud formulada en noviembre de 1996 efectivamente comprendió la extradición de Julio Gabriel Coronado y no únicamente su detención preventiva, como lo aclaró oportunamente la Embajada Argentina, corresponde en resolución, regularizar el trámite conforme a la normativa aplicable.
CONSIDERANDO: Que, la solicitud de extradición da cuenta que el ciudadano argentino Julio Gabriel Coronado cuya fotografía y datos personales cursan en el documento de fs. 24, es requerido por el Juez de Cámara y Juez de Ejecución José Antonio Sola Torino, para que cumpla el saldo de un año y cuatro meses de una condena de cuatro años de prisión, multa y costas impuesta mediante la sentencia pronunciada por el Juez Federal, en Salta - República Argentina, en noviembre de 1991, por el delito de Transporte de Estupefacientes en el grado de autor inmediatamente responsable, con inhabilitación absoluta por el tiempo de condena. Los antecedentes indican que en marzo de 1994 se le concedió libertad condicional, beneficio que fue suspendido en agosto de 1995, ordenándose su inmediata captura a nivel nacional e internacional. Al efecto de la solicitud, la Embajada Argentina acompaña los siguientes instrumentos debidamente autenticados:
• Exhorto emitido por el Juez de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal de Salta dirigido a juez de igual fuero y en turno con jurisdicción en la ciudad de Yacuiba, República de Bolivia.
• Copia de la sentencia condenatoria dictada en contra de Julio Gabriel Coronado.
• Informe sobre el cómputo de pena y resolución de concesión de libertad condicional.
• Resolución pronunciada en razón de las violaciones de las condiciones de la libertad condicional, suspendiendo el beneficio y emitiendo orden de captura.
• Copia de la Ley 23.737 y sus modificaciones, sobre Tenencia y Trafico de Estupefacientes y copia de las normas pertinentes a la libertad condicional, extinción de acciones y penas contenidas en el Código Penal de la Nación Argentina
CONSIDERANDO: Que, el Fiscal General de la República, a fs. 122 requiere porque la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia admita el exhorto diplomático y disponga la detención y extradición del ciudadano Argentino Julio Gabriel Coronado.
Mostrando 16 de 31 parrafos.