Texto del fallo
S A L A C I V I L
Expediente: Nº 57-09-S Sucre, 08 de marzo de 2010
Auto Supremo: Nº 23
Distrito: Chuquisaca
Partes: Sixto Calderón Choque c/ Leonarda Icallo Avalos y otros
VISTOS: El memorial que antecede mediante el cual Sixto Calderón Choque desiste del recurso de casación que formuló en contra del Auto de Vista número 333/2009 de 26 de octubre, cursante a fojas 288 a 291 vuelta, emitido por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca en el proceso ordinario sobre usucapión seguido por el recurrente en contra de Leonarda Icallo viuda de Calderón, Víctor, Delina, Zenón, Alfredo, todos de apellido Calderón Icallo, sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 307 del Código de procedimiento Civil, tanto el recurso de apelación como el de casación pueden ser desistidos por la parte que lo interpuso, lo que importa el consentimiento expreso y la ejecutoria de la sentencia o del auto de vista, según sea el caso.
Que el Tribunal debe pronunciarse al respecto sin más trámite, con costas.
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