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TSJ

AS/0023/2022

Tribunal Supremo de Justicia
10 de marzo de 2022PlenaMag. Esteban Miranda Terán
Proceso
Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada
Sala
Plena
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PLENA

AUTO SUPREMO N° 23/2022

33/2021 RES

Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada

Interpuesto por Isabel Gladys Lauraiza Fernández, dentro del fenecido proceso penal seguido a querella de Luis Alberto Moya Zapata, contra la recurrente y otro, por la comisión del delito de Estelionato.

Sentencia N° 38 de 24 de mayo de 2005, del Juzgado de

Partido en lo Penal Liquidador N° 1 de la ciudad de Oruro

Sucre, 10 de marzo de 2022

Lic. Esteban Miranda Terán

VISTOS: El Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria de fs. 135 a 139, interpuesto por Isabel Gladys Lauraiza Fernández, solicitando la revisión de la Sentencia N° 38 de 24 de mayo de 2005, de fs. 57 a 60, emitida por la Juez de Partido en lo Penal Liquidador N° 1 de la ciudad de Oruro, los antecedentes y;

I.- ANTECEDENTES PROCESALES: Que, Isabel Gladys Lauraiza Fernández, interpuso Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria de fs. 135 a 139, contra la Sentencia N° 38 de 24 de mayo de 2005, de fs. 57 a 60, emitida por la Juez de Partido en lo Penal Liquidador N° 1 de la ciudad de Oruro (actualmente Juzgado Público en lo Civil y Comercial N° 7), resolución en la que se declaró AUTORES a Isabel Gladys Lauraiza Fernández y Jorge Lauraiza Fernández, del ilícito de Estelionato, previsto en el art. 337 del Código Penal, condenándoles a cumplir una pena privativa de libertad de dos años en el Penal de San Pedro de la ciudad de Oruro, con costas.

La impetrante alegó su recurso señalando que:

Las pruebas que sirvieron de base y fundamento de la Sentencia, fue el documento privado de 13 de septiembre de 1999, posteriormente elevado a Testimonio N° 364/1999, con las que se demostró que su persona y su hermano Jorge Lauraiza Fernández, reconocieron la obligación de pago de $us. 15.000 en favor del querellante Luis Alberto Moya Zapata, garantizando dicha obligación con el inmueble de su propiedad ubicado en la calle Boquerón N° 1752 de la zona de San Pedro de la ciudad de La Paz.

El referido documento de 13 de septiembre de 1999, fue suscrito por su persona y su hermano, en situación de violencia, siendo víctimas de presión psicológica por temor de perder su libertad; por tal motivo, el mismo año 1999, instauraron demanda de nulidad del referido documento, que fue tramitado en el Juzgado Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz; habiéndose declarado IMPROBADA la demanda, mediante Sentencia N° 8/04 de 9 de enero de 2004, que oportunamente fue recurrida en apelación y fue resuelto por Auto de Vista N° 493/2005 de 26 de septiembre, que confirmó la Sentencia apelada.

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Datos del proceso

Demandante
Isabel Gladys Lauraiza Fernández
Demandado
Luis Alberto Moya Zapata, contra la recurrente
Proceso
Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia10 de marzo de 2022AS/0023/2022Fuente oficial