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TSJ

AS/0024/2012

Tribunal Supremo de Justicia
1 de marzo de 2012Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2012

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

Auto Supremo Nº 24

Sucre, 01/03/2012

Expediente: 27/2012-S

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 90-92, interpuesto por Carlos España Vásquez, en representación de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), contra el Auto de Vista Nº 083/2011 SSA.II de 4 de octubre de 2011 (fs. 84), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social seguido por Gustavo Adolfo Valencia Zapata, contra la institución que representa el recurrente, la respuesta de fs. 95, el auto que concedió el recurso de fs. 96, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 2/2010 de 14 de enero de 2011 (fs. 51), declarando probada la demanda y probada en parte la excepción de pago, disponiendo que la institución demandada a través de su representante legal, cancele a favor del actor la suma de Bs. 10.194,68, por concepto vacación, más el 30 % de la multa establecida por ley, rechazando mediante Auto Nº 19/2011 de fs. 54, la solicitud de complementación y enmienda.

En grado de apelación formulada por ambas partes (fs. 65 y 70-71 respectivamente), la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 083/2011 SSA.II de 4 de octubre de 2011 (fs. 84), confirmando la Sentencia Nº 02/2010 de 14 de enero de 2010 de fs. 49-51.

Esta resolución originó que el representante del la institución demandada, formulase recurso de casación en el fondo (fs. 90-92), acusando que el tribunal de apelación al emitir el Auto de Vista recurrido no aplicó correctamente las normas que informan la especie procesal y no realizaron una valoración correcta de las pruebas aportadas por la Universidad, al determinar se cancele la suma de Bs. 10.194.68 por concepto de vacaciones y multa del 30 % sobre ese concepto, al no revisar y responder los argumentos de la Universidad Mayor de San Andrés, incurrió en una real ilegalidad, de forma culposa y reprochable, no teniendo asidero legal tal reconocimiento, es decir, de las vacaciones y de la multa, primero porque en derecho a la vacación se adquiere una vez que la condición de llegar al final de la gestión académica sea cumplida, quedando patente que el actor se desvinculó por voluntad propia en septiembre de 2009, es decir tres meses antes que la U.M.S.A. ingrese dentro del receso pedagógico y que de acuerdo a la naturaleza de sus actividades académicas, al final de cada gestión otorga vacaciones anuales colectivas dentro del periodo conocido como receso universitario, estableciéndose de la norma universitaria que los docentes a tiempo horario inferior a medio tiempo (80 horas)- tal es el caso del actor, 64 horas, solo gozarán de la vacación colectiva de fin de año.

En lo referente a la multa, porque el Decreto Supremo Nº 28699 se aplica cuando se produce un despido intempestivo, sin justa causa, aspecto que no sucedió en el caso de autos, porque la U.M.S.A., canceló los beneficios sociales conforme correspondía, por eso alegó que no es aplicable bajo ningún concepto la sanción establecida por el artículo 9 de aludido Decreto Supremo, así como tampoco corresponde el pago de las vacaciones reclamadas por el actor.

Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo case el Auto de Vista Recurrido y fallando en el fondo "revoque" la Sentencia de primera instancia y el Auto de Vista recurrido y declare improbada la demanda.

CONSIDERANDO II: Que de la revisión de lo obrado y los términos expuestos en el recurso, no obstante que no cumple a cabalidad con la técnica recursiva que exige la formulación de este recurso extraordinario, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso, se establece lo siguiente:

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Datos del proceso

Magistrado relator
Antonio Campero Segovia

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Derechos laborales / VacacionesDerecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Terminación de la relación laboral / Finiquito / Multa por mora en su cancelación
Tribunal Supremo de Justicia1 de marzo de 2012AS/0024/2012Fuente oficial