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TSJ

AS/0025/2009

Tribunal Supremo de Justicia
8 de junio de 2009Civil IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Compulsa
Sala
Civil II
Año
2009

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Texto del fallo

SALA CIVIL SEGUNDA

Expediente Nº T-9-09-C

AUTO SUPREMO Nº 25 Sucre, 8 de junio de 2009

DISTRITO: Tarija Proceso: Compulsa

Partes: Dianet Angélica Flores Flores c/ Sala Civil Primera de la

Respetable Corte Superior del

Distrito Judicial de Tarija

MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares

VISTOS: El recurso de compulsa anunciado a fs. 2-3 y formalizado a fs. 37 por Dianet Angélica Flores Flores, contra el auto de negativa de concesión del recurso de casación pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso de maltrato infantil seguido por Corina Alvarado contra Dora Franco y la compulsante; los antecedentes venidos en testimonio, y

CONSIDERANDO I: El tribunal de alzada pronuncia el auto interlocutorio Nro. 16/2009 S.C. 1ra., de fs. 32 del testimonio (fs. 207 del expediente original), por el que deniega la concesión del recurso de casación deducido por Dianet Angélica Flores Flores, con el fundamento que ese tribunal no ingresó al análisis de fondo del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia, por haber sido formulado de manera extemporánea, conforme fue explicado en el Auto de Vista Nro. 42/2009 de 22 de abril de 2009.

CONSIDERANDO II: Que, del análisis de los antecedentes procesales adjuntados a la formalización de la compulsa, se desprende lo siguiente:

1.- Concluido el juicio seguido contra la ahora compulsante y Dora Franco, por maltrato infantil, la Juez de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Tarija, en fecha 5 de marzo de dos mil nueve, pronunció sentencia en audiencia pública según lo establece el art. 287 numeral 3. del Código Niño, Niña y Adolescente, haciéndose constar en el acápite Segundo de la parte resolutiva que "las partes quedan legalmente notificadas con la presente resolución pudiendo hacer uso del recurso de apelación en el plazo de tres días en caso de disconformidad con la misma", siendo firmada el acta de lectura de dicha resolución por la Juez, las partes -entre ellas la demandada- y sus abogados (fs. 143-147).

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Criterio

De lo anterior, queda claro que, como bien determinaron tanto la Juez de la causa, como el Tribunal de apelación en el Auto de Vista y en el Auto Interlocutorio del testimonio, el recurso de apelación fue interpuesto fuera del término de tres días otorgados por la primera parte del art. 284 del Código Niño, Niña y Adolescente, cuyo plazo venció el día 8 de marzo de 2009, resultando entonces que, al haber dejado vencer dicho término, la sentencia quedó ejecutoriada,

Datos del proceso

Demandante
Dianet Angélica Flores Flores
Demandado
Sala Civil Primera de la
Proceso
Compulsa
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Compulsa
Tribunal Supremo de Justicia8 de junio de 2009AS/0025/2009Fuente oficial