Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Expediente Nº A-84/2007
AUTO SUPREMO Nº 25 Coactivo Fiscal Sucre, 15 de febrero de 2011.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Fondo de Desarrollo Campesino c/ Hugo Lozano Simón y otros
--------------------------------------------------------------------------------
VISTOS: El recurso de casación de fs 349-353, interpuesto por el codemandado Hugo Lozano Simón, contra el Auto de Vista Nº 159/06 de 21-06-06 (fs 322-323) pronunciado por Sala Social y Administrativa Primera del Distrito de La Paz dentro del proceso coactivo fiscal seguido de oficio por el Ministerio de Hacienda contra Lucio Cuentas Pizarroso y otros, el auto de concesión de 06-09-06 (fs 360), dictamen fiscal (375-376), los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: Que la Contraloría General de la República en virtud a los Informes de Auditoria Nº SCA/IE-106/93 y SCA/IER-C020/94, estableció indicios de responsabilidad civil previstos en el Art. 77 inc a) y g) de la Ley del Sistema de Control Fiscal (LSCF) con relación a cuatro ex funcionarios del Fondo de Desarrollo Campesino (F.D.C.), Hugo Lozano Simón, Lucio Cuentas Pizarroso, Virginia Orsi Añez y Jorge Roca Simón, por la suma de $us. 44.200
En estricto cumplimiento del Art. 4 de la LSCF, el Subcontralor inicia de oficio proceso coactivo fiscal, contra los cuatro coactivados, emitiendo la nota de cargo Nº 101/94 de 30-06-94 (fs 1) y disponiendo las medidas precautorias de ley.
Posteriormente el referido proceso fue remitido en su integridad ante la autoridad jurisdiccional, Juzgado Cuarto de Partido Coactivo Fiscal y Tributario del distrito de La Paz (fs 37), quien tramitó el referido proceso en primera instancia.
El juez a quo en fecha 04-08-04 (fs 274-284) dicto la resolución Nº 163/2004 a través de la cual primeramente, declaró probada la solicitud de exclusión de la Nota de cargo Nº 101/94, interpuesto por Hugo Lozano Simón a fs 196-210 y luego también declaró probada las excepciones perentorias de prescripción interpuesta por Virginia Orsi Añez y Lucio Cuentas Pizarro, cursantes a fs 232-233 y fs 260-262. Disponiendo finalmente que la Nota de Cargo 101/94 se mantenga en relación al codemandado Jorge Roca Simón, quien deberá de pagar dentro del término de cinco días de su legal notificación con el pliego de cargo la suma de $us. 44.200, más intereses legales.
CONSIDERANDO II: Dentro del término legal, el Ministerio de Hacienda a través de su representante legal interpuso recurso de apelación contra la resolución de primera instancia (fs 289-291), el mismo que fue resuelto por Auto de Vista de fs 322-323, disponiendo en su parte resolutiva revocar la resolución de primera instancia y declarar no haber lugar a la exclusión del coactivado Hugo Lozano Simón e improbadas las excepciones perentorias de prescripción, para finalmente deliberar en el fondo y mantener subsistente la nota de cargo Nº 101/94 de 30-06-94 girada en contra de los cuatro coactivados, así como las medidas precautorias emitidas en contra de los codemandados.
Contra dicha resolución y dentro del término previsto por ley, Hugo Lozano Simón mediante su mandante Jorge José Valda Daza, cuyo Testimonio de mandato cursa a fs 233 y vlta, interpuso recurso de casación en el fondo por escrito de fs 249-353. Contestado el mismo, fue concedido mediante auto de fs 360.
Mostrando 13 de 25 parrafos.