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TSJ

AS/0025/2013

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2013Social 1era LiquidadoraMag. María Arminda Ríos García
Proceso
Reincorporación
Sala
Social 1era Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 025/2013

EXPEDIENTE: S.158/2009

PARTES: Wilfredo Germán Dávalos Ávila c/ Empresa Hilanderías Laja S.A. “HILASA”

PROCESO: Reincorporación

DISTRITO: La Paz

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 180 a 185 y vuelta, interpuesto por Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación legal de Wilfredo Germán Dávalos Ávila, contra el Auto de Vista Nº 278/08 de 10 de noviembre de 2008 (fojas 173 y vuelta) y Auto de Vista Complementario Nº 450/08 de 16 de diciembre de 2008 (fojas 176), emitidos por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por reincorporación seguido por el recurrente contra la empresa Hilanderías Laja S.A. “HILASA” representada legalmente por Raúl Armando Bueno Salazar, la contestación de fojas 188 a 189, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia No. 166/2007 de 29 de noviembre de 2007 (fojas 125 a 129), declarando IMPROBADA la demanda interpuesta de fojas 37 a 38 de obrados y sea con las formalidades de Ley.

Notificado el demandante con la referida Sentencia, cursa el memorial de complementación y enmienda (fojas 131 a 133), por lo que el Juez de primera instancia emite el Auto Complementario de fecha 19 de diciembre de 2007 (fojas 134), por el que RECHAZA la solicitud de complementación y enmienda solicitada y sea con las formalidades de ley.

En grado de apelación, incoado por el demandante (fojas 143 a 147 y vuelta), por Auto de Vista Nº 278/08 de 10 de noviembre de 2008 (fojas 173 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Tercera del Distrito Judicial de La Paz, CONFIRMÓ en todas sus partes la Sentencia Nº 166/07 de 29 de noviembre de 2007 y sea con las formalidades de ley.

Notificado el demandante con el referido Auto de Vista, cursa el memorial de complementación y enmienda (fojas 175), por lo que el Tribunal de Alzada emite el Auto de Vista Complementario Nº 450/08 de fecha 16 de diciembre de 2008 (fojas 176), por el que se rechaza el pedido de complementación y enmienda formulado por la parte demandante y sea con las formalidades de ley.

Que, contra el referido Auto de Vista, el demandante a través de su representante legal, interpuso recurso de casación en el fondo (fojas 180 a 185 y vuelta), en el que señala los siguientes argumentos:

Afirma que las pruebas documentales de fojas 62, 65, 87 y 102, ha demostrado que la empresa demandada le entregó memorando de reincorporación con fecha 10 de abril de 2007, indicándole que su cargo había sido eliminado de la estructura de la empresa; pero al reincorporarse lo sientan a una silla sin asignación de funciones para desempeñar, denunciando este hecho al Ministerio de Trabajo y consta la inspección ocular con el inspector de dicha entidad, por lo que se habría violado el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 28699.

Acusa violación a la valoración de la prueba, la seguridad jurídica, el derecho al trabajo y el debido proceso, asimismo el Tribunal desconoce que la empresa ha incumplido con su reincorporación, lo cual constituye vulneración al debido proceso en lo que se refiere a la valoración objetiva de la prueba.

Cita el artículo 32 y 162 de la Constitución Política del Estado que establece la irrenunciabilidad de los derechos del trabajador. Considera erróneo el razonamiento de abandono de trabajo efectuado por el Tribunal de Alzada.

Concluye su memorial pidiendo a la Excelentísima Corte Suprema de la Nación que deliberando en el fondo y evidenciando las violaciones anotadas disponga la reincorporación del demandante en su puesto de trabajo con el pago de sus sueldos y derecho laborales.

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Datos del proceso

Demandante
Wilfredo Germán Dávalos Ávila
Demandado
Empresa Hilanderías Laja S.A. “HILASA”
Proceso
Reincorporación
Magistrado relator
María Arminda Ríos García
Tribunal Supremo de Justicia28 de agosto de 2013AS/0025/2013Fuente oficial