Texto del fallo
SALA PLENA
25/2022.
Sucre, 10 de marzo de 2022.
26/2021.
Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia.
María Luz Becerra Antezana c/ Auto de Vista de 15 de
noviembre de 2019
MAGISTRADA TRAMITADORA: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia interpuesto por María Luz Becerra Antezana contra el Auto de Vista de 15 de noviembre de 2019, emergente del fenecido proceso civil ordinario de nulidad de contrato, reivindicación y acción negatoria en contra de la recurrente por Delfín Raimundo Becerra Antezana, el decreto de observación al recurso de 2 de septiembre de 2021, el memorial de subsanación, los antecedentes adjuntos; y
CONSIDERANDO I: María Luz Becerra Antezana formula Recurso Extraordinario de Revisión del Auto de Vista de 15 de noviembre de 2019, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que revocó la Sentencia de 1 de diciembre de 2017 y declaró probada la demanda dentro del proceso ordinario de nulidad de contrato, reivindicación y acción negatoria seguido por Delfín Raimundo Becerra Antezana en su contra.
Refiere que el 16 de noviembre de 2013, Delfín Becerra Antezana interpuso demanda de nulidad de contrato, reivindicación y acción negatoria en su contra, que llegó a radicar en el Juzgado de Instrucción Civil Segundo de Quillacollo, resuelto mediante Sentencia de 30 de abril de 2014 que declaró improbada la demanda. No obstante, el demandante presentó una nueva acción con los mismos fundamentos y razones, demanda sustanciada ante el Juzgado Público Civil y Comercial N° 4 de Quillacollo, quien emitió Sentencia de 1 de diciembre de 2017 declarando improbada la demanda.
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