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TSJ

AS/0025/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
10 de enero de 2023Civil
Proceso
Cumplimiento de contrato y resarcimiento de daños
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 25/2023-RA

Fecha: 10 de enero de 2023

Expediente: LP-1-23-S.

Partes: María Esther Rosmery Plata Cornejo y Magali Ordoñez Camacho c/ Mario Adel Molina Rodríguez y Lilian Carola Flores Morales.

Proceso: Cumplimiento de contrato y resarcimiento de daños.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1391 a 1398, interpuesto por Mario Adel Molina Rodríguez y Lilian Carola Flores Morales contra el Auto de Vista N° 375/2022, de 17 de agosto, corriente de fs. 1385 a 1389 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de cumplimiento de contrato y resarcimiento de daños, seguido por María Esther Rosmery Plata Cornejo y Magali Ordoñez Camacho contra los recurrentes; la contestación de fs. 1400 a 1403; el Auto de concesión de 29 de noviembre de 2022 a fs. 1404, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. María Esther Rosmery Plata Cornejo y Magali Ordoñez Camacho, por memorial de fs. 40 a 43 vta., subsanado de fs. 46 a 50, promovió el proceso ordinario de cumplimiento de contrato y resarcimiento de daños contra Mario Adel Molina Rodríguez y Lilian Carola Flores Morales, quienes una vez citados, respondieron de forma negativa a la demanda, plantearon excepciones de demanda defectuosa y de prescripción, además postularon demanda reconvencional de rendición de cuentas de mandamiento; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 218/2022, de 06 de abril, obrante de fs. 1344 a 1350, en la que la Juez Público Civil y Comercial 2° de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda principal e IMPROBADA la demanda reconvencional.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por María Esther Rosmery Plata Cornejo y Magali Ordoñez Camacho, mediante escrito visible de fs. 1353 a 1361 vta., que dio lugar a que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 375/2022, de 17 de agosto, saliente de fs. 1385 a 1389 vta., que REVOCÓ parcialmente la Sentencia Nº 218/2022 de 06 de abril.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Mario Adel Molina Rodríguez y Lilian Carola Flores Morales, según memorial que sale de fs. 1391 a 1398, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
María Esther Rosmery Plata María Esther Rosmery Plata Cornejo y Magali Ordoñez Camacho
Demandado
Mario Adel Molina Rodríguez y Lilian Carola Flores Morales
Proceso
Cumplimiento de contrato y resarcimiento de daños
Tribunal Supremo de Justicia10 de enero de 2023AS/0025/2023-RAFuente oficial