Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 27/2009
EXP. N°: 633/2007
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Colegio Reekie representado por Mario Fabricio Castro Cordero c/ Superintendente Tributario General.
FECHA: 06 de febrero de 2009
VISTOS EN SALA PENA: El proceso contencioso administrativo seguido por Colegio Reekie representado por Mario Fabricio Castro Cordero impugnando la Resolución Administrativa N° STG/RJ/0527/2007 de 20 de septiembre de 2007 pronunciada por el Superintendente Tributario General, el informe del Ministro Tramitador Jaime Ampuero García; y
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 59, emitida el 11 de marzo de 2008, este Tribunal Supremo admitió la demanda presentada y que a partir de esa fecha el demandante no se apersonó a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN en el presente proceso por abandono.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Firmado
Presidente: Eddy Walter Fernández Gutiérrez
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