Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 28/2018.
FECHA: Sucre, 20 de junio de 2018.
EXPEDIENTE: 19/2017.
PROCESO : Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada (Materia Penal).
PARTES: Álvaro Mullisaca Tambo contra la Resolución Nª 371/2014 de 18 de agosto de 2014.
MAGISTRADO RELATOR: Marco Ernesto Jaimes Molina.
VISTOS EN SALA PLENA: El recurso planteado por Álvaro Mullisaca Tambo representado legalmente por Nancy Giovanna Suárez Ramírez contra la Resolución Nº 371/2014 de fecha 18 de agosto de 2014, el Informe Nº 15/2018-SCTRIA-SP-TSJ-IP de Secretaría de Sala Plena y todo lo que convino ver.
CONSIDERANDO: Que por providencia de fecha 6 de diciembre de 2018 (fs. 10), se observa el recurso, debiendo el recurrente adjuntar certificación de ejecutoria de la Sentencia contra la que se instauró el presente recurso, otorgándosele el plazo de 15 días hábiles, bajo apercibimiento de Ley, siendo que hasta la fecha y vencido abundantemente el plazo no ha cumplido con lo ordenado.
En ese contexto, se tiene que el presente Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada, al haber sido observado ante la falta de documentación imprescindible para continuar el curso del proceso, habiendo transcurrido más de un año sin que el recurrente no haya dado cumplimiento con lo dispuesto por la providencia ut supra señalada.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en el ejercicio de la atribución conferida en el artículo 38 núm. 6 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, declara INADMISIBLE el Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada interpuesta por Álvaro Mullisaca Tambo representado legalmente por Nancy Giovanna Suárez Ramírez contra la Resolución Nº 371/2014 de fecha 18 de agosto de 2014.
Regístrese, notifíquese, archívese.
Fdo. José Antonio Revilla Martínez
PRESIDENTE
Fdo. María Cristina Díaz Sosa
DECANA
Fdo. Esteban Miranda Terán
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