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TSJ

AS/0028/2021-RA.

Tribunal Supremo de Justicia
14 de enero de 2021Civil
Proceso
Nulidad de transferencia por efectos de simulación y otros.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 28/2021-RA

Fecha: 14 de enero de 2021

Expediente: SC-8-21-S.

Partes: Jhonny Franz, Roxana, Ronald y Claudia, todos Ovando Montaño contra Sandy Ovando Montaño.

Proceso: Nulidad de transferencia por efectos de simulación y otros.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 693 a 694 vta., interpuesto por Sandy Ovando Montaño, contra el Auto de Vista de 14 de septiembre de 2020, cursante de fs. 674 a 678, pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario sobre nulidad de transferencia por efectos de simulación y otros, seguido por Jhonny Franz, Roxana, Ronald y Claudia, todos Ovando Montaño contra el recurrente; la respuesta al recurso cursante a fs. 795 a 797; el Auto de concesión de 27 de noviembre del 2020, cursante a fs. 798; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base a la demanda cursante a fs. 132 a 137 vta., Jhonny Franz, Roxana, Ronald y Claudia, todos Ovando Montaño, iniciaron proceso ordinario de nulidad de transferencia por efectos de simulación, cancelación de partida en Derechos Reales, posesión hereditaria y restitución de cánones de alquiler; acción dirigida contra Sandy Ovando Montaño, quien una vez citado, mediante memorial cursante de fs. 150 a 158 vta., contestó negativamente la demanda, opuso excepciones y reconvino por reivindicación; demanda reconvencional que mereció respuesta negativa por memorial cursante de fs. 164 a 168; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 228/2019 de 20 de septiembre, cursante de fs. 642 a 644 vta., que declaró: a) PROBADA la demanda de nulidad de transferencia por efectos de simulación y otros; y, b) NO HABER LUGAR la acción reconvencional de reivindicación.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Sandy Ovando Montaño, mediante memorial de fs. 655 a 657 vta., mereció que la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista de 14 de septiembre de 2020, cursante de fs. 674 a 678, el cual CONFIRMÓ la Sentencia N° 228/2019 de 20 de septiembre.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación Sandy Ovando Montaño, mediante memorial de fs. fs. 693 a 694 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273, 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Jhonny Franz, Roxana, Ronald y Claudia, todos Ovando Montaño
Demandado
Sandy Ovando Montaño.
Proceso
Nulidad de transferencia por efectos de simulación y otros.
Tribunal Supremo de Justicia14 de enero de 2021AS/0028/2021-RA.Fuente oficial