Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO COMPLEMENTARIO: 029/2005 FECHA: 16 de marzo de 2005
EXP. N°: 147/2003
PROCESO: Caso de Corte. Recurso de Casación.
PARTES: Miriam Beatriz Canedo del Villar c/ Luis Lorgio Landivar Suárez, Notario de Fe Pública de la ciudad de Santa Cruz y Abogado Gustavo Pantoja Aguilar.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de explicación, enmienda y complementación del Auto Supremo N° 16/2005 de 18 de febrero de 2005, presentada por Gustavo Pantoja Aguilar a fojas 1064-1065; y
CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido por el artículo 283 del Código de Procedimiento Penal de 1973, concordante con el artículo 196-II del Código de Procedimiento Civil, procede la explicación y complementación, a petición de parte, cuando existiere algún concepto oscuro, palabra dudosa u omisión en que se hubiere incurrido sobre puntos controvertidos.
El Auto Supremo, cuya explicación, complementación y enmienda se solicita, es claro en su texto y no requiere de mayor explicación, por cuanto, a tiempo de emitirlo, se han analizado y tomado en cuenta todos los antecedentes que dieron lugar al proceso y los recursos interpuestos.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara NO HA LUGAR a la explicación, complementación y enmienda solicitada.
No interviene el Ministro Armando Villafuerte Claros por encontrarse ausente con licencia.
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