Texto del fallo
AUTO SUPREMO: N° 29/2020
EXPEDIENTE N°: 03/2020.
PROCESO: Detención Preventiva con Fines de
Extradición.
PARTES: Embajada de la Federación de Rusia c/
ciudadano ruso Kalte Artiom Valentinovich.
MAGISTRADO TRAMITADOR: Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
FECHA: Sucre, 4 de marzo de 2020.
VISTOS EN SALA PLENA: La nota GM-DGAJ-UAJI.Cs-110/2020 de 7 de enero de 2020. remitida a este Tribunal por la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, en la que hace conocer el Requerimiento Internacional de Detención Preventiva con Fines de Extradición del ciudadano ruso Kalte Artiom Valentinovich, efectuado por la Embajada de la Federación de Rusia, los antecedentes, el informe del Magistrado Tramitador, Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina, y,
CONSIDERANDO I: Que, la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, manifiesta que remite copia de la nota verbal N° 117 de 30 de diciembre de 2019 proveniente de la Embajada de la Federación de Rusia, mediante la cual se transmite documentación referida al proceso judicial seguido contra el ciudadano ruso KALTE ARTIOM VALENTINOVICH, por lo que la Embajada nombrada solicita la "Detención cautelar" del ciudadano ruso también nombrado, quién se encontraría en territorio nacional.
CONSIDERANDO II.- Que, aquella solicitud diplomática, trae aparejada la nota de la Fiscalía General de la Federación de Rusia, suscrita por el Sustituto del Fiscal General de la Federación de Rusia, (fs. 2 a 3), debidamente traducida del idioma ruso al español (fs. 4 a 5), quién dirigiéndose a la titular del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, explica la situación penal del ciudadano ruso requerido de extradición, adjuntándose también las resoluciones judiciales emitidas en su contra cursantes en idioma ruso de fs. 7 a 21, cuya traducción discurre de fs. 23 a 37, fs. 38 a 41, traducidas al idioma español de fs. 42 a 45, fs. 46 a 47, traducidas de fs. 48 a 49, y finalmente, adjunta copia del pasaporte del requerido de extradición, expedido por la sección de la dirección del Servicio Federal de Migración de Rusia para la ciudad de Moscú, Distrito de Teply stan.
Que, de la revisión de antecedentes, indicados en el párrafo precedente, se tiene que en proceso de ejecución por parte del Departamento de Instrucción del Ministerio del Interior de la Federación de Rusia, se encuentra la causa penal contra el ciudadano A.V. Kalte Artiom Valentinovich, acusado de cometer los delitos previstos en el apartado 3, artículo 210, participación en una asociación delictiva, organización criminal, utilizando su posición oficial del cargo, en el apartado 4 del artículo 159, fraude, es decir, el robo de la propiedad ajena mediante el engaño, por un individuo utilizando su posición oficial del cargo, todos del Código Penal de la Federación de Rusia, delitos cometidos por un grupo organizado en una gran cuantía y escala.
Que, en relación al ciudadano ruso requerido de extradición se pronunció una medida preventiva consistente en la detención cautelar y fue declarada su búsqueda.
Así también consta en antecedentes que, en 8 de septiembre de 2014, se emitió la "Resolución de Inculpación" que estableció que el sujeto requerido de extradición, participó en la asociación criminal liderizada por Zheliabovskiy, actuando con la intención común para todos los cómplices de asegurar el robo de dinero sin obstáculos de las sociedades rusas de venta de energía por la vía de engaño, por medio de transferencias a una cuenta corriente bancaria de una organización ficticia como lo era la OAO Legart.
Consta también en antecedentes la Resolución de 13 de noviembre de 2014 pronunciada por Krivoruchko A.V. Juez del Tribunal del Distrito Tverskoy de Moscú, quién conjuntamente el Secretario y la participación del Investigador de casos de importancia especial del Departamento de Investigación del Ministerio del Interior de Rusia y el Fiscal de la Sección del Departamento de la Fiscalía General de la Federación de Rusia, estableció la participación de A.V. Kalte Artiom Valentinovich, en la comisión del delito previsto por el artículo 172 párrafo I del Código Penal Ruso por el hecho de actividad bancaria ¡legal de los Directores de la OAO Tulaenergosbyt, inculpándolo también por la comisión del delito previsto por el artículo 33 párrafo 5, artículo 159 párrafo 4, artículo 210 párrafos 2 y 3, todos del Código Penal de la Federación de Rusia, no existiendo información a momento de la investigación sobre la localización actual del ciudadano ruso cuya extradición se solicita, por lo que fue declarado en búsqueda a partir del 11 de septiembre de 2O14.y el 31 de octubre del mismo año fue declarado en búsqueda internacional.
Finalmente, se adjunta a la solicitud en análisis, copia del pasaporte del ciudadano ruso, que consigna los siguientes datos: Fecha de Expedición: 19 de marzo de 2012; Código de la Sección: 770-122; Apellido: Kalte; Nombre: Artiom; Nombre Patronímico: Valentinovich; Sexo. Masculino; Fecha de nacimiento: 2 de julio de 1980; Lugar de Nacimiento: Ciudad de Murmansk. Estado Civil: Matrimonio registrado el 21 de julio de 2001 con Nikitina Mariana Valerievna.
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