Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 30/2015
Sucre: 19 de enero de 2015
Partes:Rodrigo Daniel Mendizábal Fiordoliva en representación de “MENDIZABAL
ASOCIADOS COLSULTORES S.A MAC. S.A”. c/ Vocales de la Sala Civil
Primera del Tribunal Departamental de Oruro.
Expediente: 0-5-15-Com.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 58 a 59 de obrados, interpuesto por Rodrigo Daniel Mendizábal Fiordoliva en representación de “MENDIZABAL ASOCIADOS COLSULTORES S.A”, contra el fallo de “16 de diciembre de 2014”, los antecedentes del testimonio y;
CONSIDERANDO I:
De la revisión de los datos que cursan en fotocopias legalizadas se llega a establecer que dentro del caso ut supra, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronuncia Auto Nº 115/2014 de fecha 04 de noviembre de 2014, resolución que RECHAZA la nulidad de obrados formulado por Rodrigo Daniel Mendizábal Fiordoliva, disponiendo la devolución del cuaderno procesal al juzgado de origen, contra esta resolución el recurrente planteó recurso de casación, en conocimiento de dicho recurso la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Oruro, mediante providencia de fecha 13 de noviembre de 2014, declara que la resolución de la cual se plantea recurso de casación no esta consignada entre las resoluciones susceptibles de recurso de casación comprendidas en el art. 255 del Código de Procedimiento Civil, en mérito a ello el recurrente interpone recurso de Compulsa que se analiza.
CONSIDERANDO II:
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