Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 031/2007 FECHA: 31 de enero de 2007
EXP. N°: 158/2006
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Oscar Antonio Peralta Ergueta contra la Superintendencia del Servicio Civil.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Oscar Antonio Peralta Ergueta en la que impugna la Resolución Administrativa SSC-0087/2005 de 30 de diciembre de 2005 emitida por la Superintendencia del Servicio Civil; el Informe de la Ministra Tramitadora Rosario Canedo Justiniano, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que de la revisión de los antecedentes procesales se evidencia que la resolución impugnada fue notificada a la empresa demandante el 1 de febrero de 2006 y la demanda fue presentada el 4 de mayo de 2006; es decir, luego de transcurridos noventa y dos días contados a partir del día siguiente hábil a la notificación con la indicada resolución y por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el mencionado artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada por extemporánea.
No interviene el Presidente Héctor Sandoval Parada por encontrarse con licencia. Tampoco interviene el Ministro Jaime Ampuero García por encontrarse momentáneamente ausente.
Regístrese.
Firmado: Emilse Ardaya Gutiérrez
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