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TSJ

AS/0032/2004

Tribunal Supremo de Justicia
19 de enero de 2004Penal IMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Penal I
Año
2004

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO No 32 Sucre 19 de enero de 2004

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Ministerio Público c/ Eli Elbaz y otros, tráfico de sustancias

controladas

MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García

CONSIDERANDO: Que el Juzgado Primero de Sustancias Controladas de la ciudad de Santa Cruz, a fs. 338-342 dicta sentencia declarando al procesado Eli Elbaz autor de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en el art. 48 de la Ley 1008, condenándolo a la pena de diez años de presidio a cumplir en el Centro de rehabilitación "Santa Cruz", pago de 300 días multa a razón de 5. Bs. día más costas, daños y perjuicios a favor del Estado. A los incriminados Guido Méndez Guardia y Germán Pérez García los absuelve de culpa y pena del delito de trafico de sustancias controladas previsto en el art. 48 de la Ley 1008, en aplicación del art. 244-1) del Código de Procedimiento Penal.

Elevado el proceso en grado de apelación el Tribunal ad-quem a fs. 363-364 dicta el Auto de Vista de 20 de marzo de 2002 confirmando la sentencia condenatoria dictada contra Eli Elbaz y revoca la absolución pronunciada a favor de Guido Méndez Guardia y Germán Pérez García y deliberando en el fondo, en aplicación del art. 243 del Código de Procedimiento Penal, los declara culpables del delito de tentativa de transporte de sustancias controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008, con referencia al art. 8º. del Código Penal, condenándolos a la pena de cinco años y cuatro meses de presidio en el Centro de Rehabilitación de Palmasola, pago de 300 días multa a razón de dos Bs. día y costas al Estado.

CONSIDERANDO: Que, impugnando el referido Auto de Vista recurre de casación el incriminado Guido Méndez Guardía, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 368-369 denunciando indebida aplicación de los, arts. 8º. del Código Penal, 55 de la Ley 1008 y 135 del Código adjetivo Penal, al condenarlo solo en base a simples suposiciones de los funcionarios policiales y fiscales, sin que exista prueba suficiente en su contra dado que su persona desconocía la existencia de la sustancia encontrada en la encomienda que se remitía mediante la empresa de DHL, donde trabajaba como Courrier; por lo que pide se case el auto recurrido y se lo absuelva de culpa y pena.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Eli Elbaz y otros, tráfico de sustancias
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia19 de enero de 2004AS/0032/2004Fuente oficial