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TSJ

AS/0032/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
29 de enero de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Mejor derecho de propiedad, reivindicación de bien inmueble, pago de
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 32/2018-RA

Sucre: 29 de enero de 2018

Expediente: LP-6-18-S

Partes: Raymundo Maydana Choque. c/ César Reque Quispe y Porfirio Carlos

Reque Terrazas.

Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación de bien inmueble, pago de

daños y perjuicios y costas procesales.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 779 a 787 vta., interpuesto por Porfirio Carlos Reque Terrazas, contra el Auto de Vista N° 111/2017 de fecha 25 de septiembre de 2017, cursante de fs. 773 a 777 pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación de bien inmueble, pago de daños y perjuicios y costas procesales, interpuesto por Raymundo Maydana Choque contra César Reque Quispe y el recurrente; el Auto de concesión del recurso de fecha 30 de noviembre de 2017 cursante a fs. 801; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

En base al memorial de demanda de fs. 10 a 11 vta., subsanado por memorial de fs. 39 y 41 que fue interpuesto por Raymundo Maydana Choque, se inició el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación de bien inmueble, pago de daños y perjuicios y costas procesales, actuados que una vez puestos en conocimientos de los demandados, dio lugar a que César Reque Quispe, por memorial a fs. 45 y vta., interpusiera excepciones previas, y Porfirio Carlos Reque Terrazas, por memorial de fs. 118 a 119, conteste negativamente y reconvenga por nulidad de documento por lesión; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 138/2015 de fecha 11 de mayo de 2015 cursante de fs. 681 a 685 vta., donde la Juez Décimo de Partido en Lo Civil y Comercial de la Ciudad de La Paz, declaró: 1) PROBADA en parte la demanda interpuesta por Raymundo Maydana Choque en lo que se refiere únicamente a la acción de reivindicación y pago de daños y perjuicios, en cuyo mérito dispuso que los demandados desocupen, entreguen y restituyan el inmueble ubicado en la Av. Quintanilla Zuazo Nº 738de la ciudad de La Paz con una extensión superficial de256,66 mts2., a su titular actual y propietario Raymundo Maydana Choque, en el plazo de 30 días de ejecutoriada la sentencia, bajo conminatoria de desapoderamiento; de igual forma condenó a los demandados al pago de daños y perjuicios a favor del demandante a cuantificarse en ejecución de sentencia; 2) IMPROBADA la demanda en cuanto al mejor derecho de propiedad, sin costas.

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Datos del proceso

Demandante
Raymundo Maydana Choque.
Demandado
César Reque Quispe y Porfirio Carlos
Proceso
Mejor derecho de propiedad, reivindicación de bien inmueble, pago de
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia29 de enero de 2018AS/0032/2018-RAFuente oficial