Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 33 /2013
Sucre: 8 de febrero 2013
Expediente: B-32-12-A
Partes: Neyda Rodríguez Dañin. c/ Manuel José Rodríguez Dañin. y Otros
Proceso: Nulidad de Contrato de compra y venta de inmueble sucesorio.
Distrito: Beni.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 66 a 69 vlta., interpuesto por José Rodríguez Dañin en representación de Neyda Rodríguez Dañin contra el Auto de Vista Nro. 135/2012, de fs. 50 a 51 vlta., de 17 de septiembre de 2012, pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro el proceso de Nulidad de Contrato de compra y venta de inmueble sucesorio, seguido por Neyda Rodríguez Dañin contra Manuel José Rodríguez Dañin y otros; la concesión de fs. 78; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Mixto Segundo de Guayaramerín, el 16 de mayo de 2012 pronunció Auto Interlocutorio, cursante de fs. 18 a 19, declarando Improbadas las excepciones de falta de acción y Prescripción, planteadas por la parte demandada dentro del proceso de Nulidad de Contrato de Compra y Venta.
Contra dicha Resolución, presentó su recurso de apelación Manuel José Rodríguez Dañin y Cecilia Chintia Andrade Muños, exponiendo sus agravios sufridos.
El Tribunal de Alzada en virtud a la apelación y a los antecedentes del proceso Revocó el Auto apelado, declarando probadas las excepciones opuestas.
Contra la Resolución de segunda Instancia, recurrió en casación en el fondo y en la forma la demandante, el mismo se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Luego de realizar una fundamentación del marco jurídico de la apelación, donde hizo una reseña de todo lo obrado antes de que se inicie la presente demanda, actuados que corresponde a otro proceso, donde se hubiera reconocido la personería de la actora, motivo por el cual acuso que existe contradicción en los Autos de Vista que la misma sala civil pronunció.
Mostrando 18 de 36 parrafos.