Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 34/2018-RA
Sucre: 01 de febrero de 2018
Expediente: PT-3-18-S
Partes: María Luz Chacón Vda. de Aguanta. c/ Aurelio Ortega Ortega por sí y en
representación de su hija menor de edad Judith Ortega Aguanta; Cristian
Antonio, Abel, Virginia Dennis, Adrián y Stephani todos Ortega Aguanta,
Eugenio Aguanta Martínez y María Cuellar Miranda de Aguanta.
Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria.
Distrito: Potosí.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 350 a 353 y vta., interpuesto por María Luz Chacón Vda. de Aguanta, contra el Auto de Vista Nº 089/2017 de fecha 25 de septiembre de 2017, cursante de fs. 345 a 348, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria, seguido a instancia de la recurrente contra Aurelio Ortega Ortega y otros; el Auto de concesión del recurso de fecha 19 de enero de 2018 cursante a fs. 357 vta.; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.
En base a la de demanda de fs. 20 a 21, subsanada por memorial de fs. 29, María Luz Chacón Vda. de Aguante inició el proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria, demanda que una vez puesta en conocimiento de los demandados, éstos contestaron por memorial de fs. 158 a 160 y vta., subsanada por fs. 166 a 168 y fs. 172 a “173 y vta.”; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 0047/2016 de fecha 26 de septiembre de 2016 cursante de fs. 278 a 286, donde el Juez Público en lo Civil y Comercial Nº 3 de la Ciudad de Potosí, declaró IMPROBADA la demanda de usucapión decenal o extraordinaria sobre el inmueble ubicados en la calle Colombia Nº 119, zona ciudad Satélite, con una superficie de 65,97 mts2., de la ciudad de Potosí, con costas y costos a la parte demandante.
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