Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO N° 31/2022
Sucre, 06 de abril de 2022
: 34/2021
: Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada
: Gabriel Veramendi Flores
: Magistrada María Cristina Díaz Sosa
VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada de fs. 703 a 716, presentado por Gabriel Veramendi Flores solicitando la revisión de la Sentencia N° 20/2017 de 7 de septiembre, pronunciada por el Tribunal de Sentencia N° 1 del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del fenecido proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a instancia de Lidia Andaluz Yucra, por la comisión del delito de Violación Agravada tipificado y sancionado por el art. 308 con relación al 310 inc. i) y k) Código Penal (CP), que declara al acusado autor del delito y le impone la pena privativa de libertad de 20 (veinte) años; los antecedentes adjuntos, y;
CONSIDERANDO I: El impetrante formuló su recurso al amparo del art. 421 núm. 2 y 4 inc. a) y b) del Código de Procedimiento Penal (CPP) y solicitó que se admita y anule la Sentencia N° 20/2017 de 7 de septiembre, pronunciada por el Tribunal de Sentencia N° 1 del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, pronunciándose una nueva absolviéndolo de pena y culpa, con los siguientes argumentos:
La Sentencia impugnada basó su decisorio teniendo por cierta la declaración de la víctima en su contra, quien asevera que fue abusada sexualmente y producto de ello quedo embarazada, sin embargo, no se consideró que en juicio siempre negó dichos argumentos y pese a solicitar reiteradamente las pruebas pertinentes para determinar el parentesco con el menor, el Ministerio Público no realizó la prueba pericial de ADN, que demostraría la falsedad de las declaraciones de la víctima, vulnerándose con ello las garantías constitucionales de presunción de inocencia, inviolabilidad de la defensa, legalidad y debido proceso.
Ante esta situación, interpuso demanda de negación de paternidad contra Lidia Andaluz Yucra, radicada en el Juzgado Público N° 3 en materia Familiar del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, donde solicitó la prueba pericial de ADN, declarándose probada la demanda mediante Sentencia N° 25/2021, con la que se desacredita la declaración de la víctima y se comprueba su inocencia , ya que al existir una sentencia ejecutoriada que niega la paternidad del menor, se desvirtúa la relación de hechos en que se funda su condena, evidenciando que fue víctima de calumnias por un hecho que jamás cometió, al comprobarse después de casi 6 años que la víctima mintió.
Lo expuesto evidencia la violación de sus derechos a la defensa, presunción de inocencia, conclusión del proceso en un plazo razonable, a la legalidad de la prueba, igualdad procesal, a no declarar contra sí mismo, a la motivación y congruencia de las resoluciones y a la valoración razonable de la prueba bajo los principios de la sana crítica, ya que en el proceso de negación de paternidad la presunta víctima Lidia Andaluz, se negó en varias ocasiones a realizar la prueba de ADN, poniendo excusas falsas, no presentándose a las audiencias y rehusándose a realizar la prueba de paternidad, lo que muestra su temor a la verdad, por lo que ante esta situación el juez de la causa determinó como hecho probado que la demandada no quiere someterse a la prueba pericial de tomas de muestra de sangre, por lo que declara probada la demanda de negación de paternidad, ejecutoriándose la Sentencia mediante Auto de 24 de febrero de 2021; razón por la que solicita su absolución en el delito por el que fue juzgado.
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