Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° : 036/2013
Fecha : Sucre, 6 de noviembre de 2013
Distrito : La Paz
Expediente N° : 203/2009
Partes : María Beatriz Escobar Saavedra c/ Instituto Internacional de Integración.
Proceso : Beneficios Sociales.
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 852 a 856 vta., interpuesto por Modesto Silvestre Castañón Clavijo en representación del Instituto Internacional de Integración mediante Poder Nº 36/2009 de 21 de enero 2009, otorgado por Silvya María Renee de Alarcón Chumacero en su condición de Directora a.i. de este Instituto Internacional de Integración del Convenio Andrés Bello contra el Auto de Vista N° 270/2008-SSA-II de 3 de diciembre 2008, emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz fs. 818 a 819 vta., dentro del proceso laboral por Beneficios Sociales, seguido por la demandante María Beatriz Escobar Saavedra contra la entidad recurrente; los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez 7º de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 94/2007 de 26 de noviembre 2007 fs. 700 a 704, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 34 a 35 de obrados y dispuso en consecuencia que la entidad recurrente, proceda al pago de lo siguiente:
Fecha de Ingreso: 07/01/2002
Fecha de Retiro: 31/07/2003
Tiempo de Trabajo: 1 año y 6 meses
Sueldo Promedio Indemnizable: $us. 900.-
Lactancia $us. 342.-
Total a cancelar $us. 342.-
Notificada con la referida sentencia, la demandante mediante memorial de fs. 725 a 731 y vta., interpone Recurso de Apelación, la que es resuelta por Auto de Vista Nº 270/2008-SSA-II de 3 de diciembre 2008 cursante de fs. 818 a 819 vta., dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en la que REVOCA la Sentencia Nº 094/2007 de 26 de noviembre 2007 y deliberando en el fondo declara PROBADA en parte la demanda de fs. 34 a 35 de obrados y en consecuencia dispone que el Instituto Internacional de Integración Andrés Bello, a través de su representante legal, cancele a favor de la demandante la siguiente liquidación:
Tiempo de servicios: 1 año y 6 meses
Sueldo promedio indemnizable: $us. 900.-.
Indemnización $us. 1.350.-
Desahucio $us. 2.700.-
Subsidio de Lactancia $us. 342.-
Total $us. 4.392.-
Mostrando 24 de 48 parrafos.