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TSJ

AS/0036/2015-RA

Tribunal Supremo de Justicia
15 de enero de 2015PenalMag. Maritza Suntura Juaniquina
Proceso
Violación de Niño, Niña o Adolescente
Sala
Penal
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 036/2015-RA

Sucre, 15 de enero de 2015

Expediente : Santa Cruz 95/2014

Parte acusadora : Ministerio Público

Parte imputada : Fernando Terceros Justiniano

Delito : Violación de Niño, Niña o Adolescente

RESULTANDO

Por memorial presentado el 17 de noviembre de 2014, cursante de fs. 436 a 437, Fernando Terceros Justiniano interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 21 de octubre de 2014, de fs. 430 a 432 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública de (fs. 109 a 113), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Noveno de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 05/2014 de 6 de junio (fs. 388 a 394 vta.), que declaró al imputado Fernando Terceros Justiniano, absuelto de pena y culpa por la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del CP, porque la prueba no fue suficiente para generar convicción en el juzgador sobre su responsabilidad penal, generando duda razonable.

b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida (fs. 410 a 413), que fue resuelto por Auto de Vista 72 de 21 de octubre de 2014 (fs. 430 a 432 vta.), declarando procedente el recurso interpuesto, consecuentemente, anuló la Sentencia apelada, ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia.

c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 11 de noviembre de 2014 (fs. 433), interpuso recurso de casación el 17 del mismo mes y año, que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente refiere que, el Tribunal de alzada sostuvo que la Sentencia carece de fundamentación fáctica, por no explicar cuál prueba determinó que la conducta del imputado no se adecúa al tipo penal acusado y cuáles las pruebas son insuficientes; lo que no es evidente, pues la Sentencia estableció de manera clara que se le absolvió porque los peritajes presentados son contradictorios, confusos e insuficientes, haciendo además una descripción del desarrollo del juicio y la valoración de cada una de las pruebas presentadas; por lo que afirma, el Tribunal de apelación anuló una sentencia fundamentada sin razón para ello, en base a aspectos subjetivos y omitiendo señalar en qué consiste la mala valoración de la prueba. Agrega que, el Tribunal de alzada no tomó en cuenta su respuesta al recurso de apelación, vulnerando su “derecho” a la defensa, decidiendo en forma arbitraria y abusiva anular la Sentencia, lo que constituye defecto absoluto conforme el art. 169 inc. 3) del CPP.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Fernando Terceros Justiniano
Proceso
Violación de Niño, Niña o Adolescente
Magistrado relator
Maritza Suntura Juaniquina
Tribunal Supremo de Justicia15 de enero de 2015AS/0036/2015-RAFuente oficial