Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 036/2021
Sucre, 19 de febrero de 2021
Expediente : Santa Cruz 32/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Juan Carlos Tapia Mendoza
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Que:
· La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia pronunció el Auto Supremo 778/2017-RRC de 5 de octubre, por el cual declaró infundado el recurso de casación promovido por Juan Carlos Tapia Mendoza contra el Auto de Vista 11/2016, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
· El citado Auto Supremo, recurrido en la jurisdicción constitucional fue dejado sin efecto a través de Resolución 006/2018 de 9 de noviembre, pronunciado por el Juez Público Primero de Familia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías.
· A través de providencia de 20 de noviembre de 2018, fs. 915, esta Sala dispuso la remisión del expediente con el fin de dar cumplimiento a la Resolución 006/2018 de 9 de noviembre.
· En fase de revisión el Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de su Sala Cuarta Especializada, emitió la Sentencia Constitucional Plurinacional 0269/2019-S4 de 22 de mayo, por la cual revocó la Resolución de 006/2018 de 9 de noviembre, a cuya consecuencia dispuso denegar la tutela impetrada por Juan Carlos Tapia Mendoza.
Que:
· El art. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) en su parág. I determina que: “La revisión de las actuaciones procesales será de oficio y se limitará a aquellos asuntos previstos por ley”.
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