Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 36-A CA
Sucre, 16 de octubre de 2024
Expediente: 59-2024 CA
Demandante FCA US LLC SRL
Demandado: Servicio Nacional de Propiedad Intelectual “SENAPI”
Tipo de Proceso: Contencioso Administrativo
Resolución Impugnada: RA DGE/OPO/JER-Nº 152/2023
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa de fojas 188 a 194, interpuesta por FCA US LLC SRL, a través de su apoderado Edgar Ricardo Rück Arzabe, en virtud del Testimonio de Poder Nº 114/2024 de 19 de febrero de fojas 185 a 187, impugnando la Resolución Administrativa Jerárquica DGE/OPO/JER-Nº 152/2023 de 20 de julio, emitida por el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI), de fojas 164 a 178; la contestación del SENAPI de fojas 247 a 250; la renuncia a réplica de fojas 253; el decreto de autos para sentencia de fojas 254; los antecedentes del proceso y todo lo que en materia fue pertinente analizar; y:
CONSIDERANDO I:
I.1.- Antecedentes administrativos
En el desarrollo del proceso en sede administrativa, se cumplieron las siguientes fases:
En fecha 22 de noviembre de 2019, la empresa FCA US LLC SRL, sociedad constituida bajo las leyes del Estado de Delaware, solicitó ante el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI) el registro del signo denominativo "4XE" para la clase 12 internacional, destinado a distinguir "motores para vehículos terrestres y máquinas motrices para vehículos terrestres”. (fs. 1 de los antecedentes administrativos)
Posteriormente, el 15 de octubre de 2021, la empresa JAGUAR LAND ROVER LIMITED formuló oposición andina contra dicha solicitud, fundamentando su pretensión en la titularidad de la marca "XE" registrada en Perú bajo el número P00194941 de 9 de enero de 2013, de fs. 36 a 50 de los antecedentes administrativos, que distingue "vehículos terrestres a motor y sus partes y accesorios, bicicletas y coches de todo tipo" en la misma clase 12; dicha oposición fue admitida mediante decreto de 29 de noviembre de 2021 de fs. 57 de antecedentes administrativos.
Respondida la oposición a la marca “4X3” de fs. 61 a 63, sustanciado el proceso de oposición, mediante Resolución Administrativa N° 135/2022 de 24 de mayo de 2022, de fs. 69 a 82 de los antecedentes administrativos, el SENAPI resolvió declarar PROBADA la oposición andina interpuesta por JAGUAR LAND ROVER LIMITED y, en consecuencia, DENEGAR la solicitud de registro de la marca "4XE".
Mostrando 17 de 33 parrafos.