Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 37
Sucre, 19/02/2013
Expediente: 197/2012-A
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 257-259, interpuesto por Duberty Carlos Millan Bernal, contra el Auto de Vista Nº 181/2012-SSA-I de fecha 31 de agosto de 2012 cursante a fs. 255-256, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de reclamación de pensiones seguido por el recurrente contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), la respuesta de fs. 263-265, el Auto que concedió el recurso de fs. 267, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I. Que dentro del trámite de reclamación, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR emitió la Resolución Nº 014236 de 27 de julio de 2005 cursante a fs. 86-87, por la que resolvió desestimar la solicitud de renta única de vejez interpuesta por el sr. Millan Bernal Duberty Carlos, así como un pago global, sin perjuicio de que el asegurado pueda solicitar su certificado de compensación de cotizaciones.
Que, presentado el recurso de reclamación por el interesado (fs. 92-93), la Comisión de Reclamación, a través de Resolución Nº 331 06 de 24 de marzo de 2006, confirma la Resolución reclamada No. 014236.
Que, en fecha 06.04.06, el recurrente, advertido de la resolución confirmatoria emitida por la Comisión de Reclamación y con el fin de lograr las cotizaciones suficientes para ser beneficiario de una renta de vejez, presentó oficio adjuntando documentos emitidos por el Comando de la Región Militar No. 1 y la aprobación del mismo por el Tribunal Supremo de Justicia Militar. Formalizada la notificación con la referida Resolución No. 331 06, el sr. Duberty Carlos Millan Bernal, en fecha 10.05.06 presenta oficio solicitando revisión definitiva del expediente con alternativa de apelación, manifestando que en fecha 06.04.06 había presentado documentación adicional de sus aportes, que le permitían cumplir con el número requerido de cotizaciones para su correspondiente jubilación (fs. 134).
Que, en atención a la solicitud de revisión, la Comisión de Reclamación emite nueva Resolución No. 1996 06 de 14.12.06, determinando revocar la Resolución No. 331/06 de 24.03.06 y otorgar renta única de vejez con reducción de edad a partir del mes de septiembre de 2006 (fs. 152-153).
Que, en mérito a dicha resolución, la Comisión de Calificación de Renta emite Resolución No. 000166 de 10.01.07, con la que otorga a favor de Millan Bernal Duberty Carlos renta única de vejez con reducción de edad, equivalente al 85% de su promedio salarial, en el monto de Bs. 823.35, correspondiendo a la básica el 40% Bs. 387.46, a la complementaria el 45% Bs. 435.89, renta que se pagará a partir del mes de septiembre de 2006 (fs. 163), resolución que es notificada en fecha 13.03.07.
En recurso de apelación deducido por el asegurado (fs. 134), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución A.V. No. 181/2012-SSA-I de fecha 31 de agosto de 2012 cursante a fs. 255-256 desestimó el recurso de apelación interpuesto por nota de 10 de mayo de 2006, contra la Resolución de la Comisión de Reclamación No. 331/06 de 24 de marzo de 2006 y mantiene subsistente la Resolución No. 1996/06 de 14 de diciembre de 2006, mediante la cual se otorga renta de vejez a favor de Millan Bernal Duberty Carlos.
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