Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: N° 39/2002 10 de abril de 2002 EXP.: N° 34/2002
PROCESO : Contenciosos Administrativo
DISTRITO :
PARTES: María Teresa Toledo de Aponte c/ Superintendente General de Minas, Dr. Edgar Barrientos Cazazola.
RELATOR :
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por María Teresa Toledo de Aponte contra el Superintendente General de Minas, Dr. Edgar Barrientos Cazazola, impugnando la Resolución Jerárquica N° 52/2001 de 14 de noviembre de 2001, el informe del Ministro Héctor Sandoval Parada, y
CONSIDERANDO: Que, el Art. 780 del Código de Procedimiento Civil, establece claramente que la demanda debe ser interpuesta dentro del plazo fatal de 90 días cumputables a partir de la notificación con la Resolución Jerárquica impugnada.
Que, en la especie, la demandante fue notificada con la resolución mencionada ut supra, en fecha 19 de noviembre de 2001, -fs 48 vta.-, e interpone demanda contencioso administrativa, según consta en la diligencia sentada por el Secretario de Cámara de Sala Plena a fs. 86, en fecha 19 de febrero de 2002 a horas 10:45, es decir 92 días después de haber sido legalmente notificada.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, RECHAZA la demanda de fs. 83-86, por estar fuera del término establecido por el Art. 780 del Código de Procedimiento Civil.
No interviene el Sr. Presidente Dr. Armando Villafuerte Claros, por encontrarse ausente.
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