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TSJ

AS/0039/2006

Tribunal Supremo de Justicia
6 de marzo de 2006Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2006

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 039-C Sucre 06 de marzo de 2006

DISTRITO: La Paz

PARTES : Empresa Boliviana de Refinación S.A. c/ Vocales de la

Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito

Judicial de La Paz. Estafa. Compulsa.

VISTOS: el recurso de compulsa de fojas 19 a 20 vuelta, interpuesto por Javier Camacho Pinto, en representación de la Empresa Boliviana de Refinación S.A.; contra el Auto de Vista de 10 de noviembre de 2005 de fojas 13 vuelta a 14 y vuelta, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la Empresa Boliviana de Refinación S.A., contra Luís Fernando Cornejo, por el delito de estafa, previsto en el artículo 335 del Código Penal.

CONSIDERANDO: que, el recurso de compulsa procede, entre otras causas, por indebida negativa del recurso de apelación o de casación conforme establece el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, en cuyo caso, se interpone la compulsa cumpliendo los requisitos legales respectivos.

Que, de los fundamentos de la compulsa y del propio auto objeto de este recurso, se infiere que el proceso penal señalado al exordio, se tramita con el Procedimiento Penal de 1972, promulgado mediante Decreto Ley Nº 10426 de 23 de agosto de 1972, en cuyo mérito con la permisión del Art. 355 del referido Código, se pasa a analizar la compulsa interpuesta.

CONSIDERANDO: que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, emitió el Auto de Vista de 10 de noviembre de 2005, dejando sin efecto la concesión del recurso de casación formulado por uno de los apoderados, de la Empresa querellante "Boliviana de Refinación S.A.", Víctor Pérez Gutiérrez, disponiendo que ésta, cumpla con el fallo de 19 de agosto de 2005; es decir, que se otorgue nuevo poder, con la finalidad que dicha empresa sea representada en la tramitación del proceso, porque ya no surte efectos legales el poder Nº 149/01 de 23 de marzo de 2001 otorgado por Joao Armando Satori Brandao y Decio Oddone Da Costa, a favor de los apoderados Javier Fernando Camacho Pinto, Marco Antonio López Gonzáles y Víctor Pérez Gutiérrez, en consideración a que dichos otorgantes dejaron de ser directivos, puesto que el 19 de agosto de 2004, se otorgó poder general de representación en favor de José Fernando de Freitas, consiguientemente los mencionados apoderados dejaron de ser representantes de la parte querellante el 30 de julio de 2004, fecha en la que su mandante el ex - Presidente de la empresa, presentó renuncia al cargo, la que fue aceptada por sus accionistas, en ese sentido, para que la empresa continué con la tramitación de la acción penal, debía hacerlo a través de sus representantes o apoderados legales según el Art. 51 del Código de Pdto. Penal.

Dándose por notificado Javier Camacho Pinto, con dicha resolución, anunció el recurso de compulsa el 25 de noviembre de 2005, planteándola ante éste Tribunal el 01 de marzo de 2006, computándose para ello la vacación judicial.

CONSIDERANDO: que, el recurso de compulsa contiene los siguientes antecedentes y fundamentos:

1.- Que la Empresa Boliviana de Refinación S.A., se querelló contra Luís Fernando Cornejo por el delito de estafa; tramitado el proceso, en sentencia se lo absolvió de culpa y pena.

2.- Contra la indicada sentencia, la parte querellante interpuso el recurso de apelación, y la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz por Auto de Vista Nº 86/05 de 19 de agosto de 2005, sin pronunciarse sobre dicho recurso, aplicando el Art. 51 del Cód. de Pdto. Penal, anuló obrados hasta fojas 5.877, disponiendo que la empresa querellante otorgue nuevo poder a sus representantes, para que continúen actuando en el proceso. Resolución contra la cual se solicitó complementación y enmienda, la que fue rechazada por Auto de fojas 5.954 del expediente original. Fallo contra el cual, el referido apoderado, Víctor Pérez Gutiérrez, planteó el recurso de casación, que fue concedido por Auto de 28 de octubre de 2005 de fojas 5.959 (fojas 11 vuelta a 12 del testimonio de compulsa).

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Datos del proceso

Demandante
Empresa Boliviana de Refinación S.A.
Demandado
Vocales de la
Tribunal Supremo de Justicia6 de marzo de 2006AS/0039/2006Fuente oficial