Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0040/2009

Tribunal Supremo de Justicia
6 de febrero de 2009PlenaMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Contencioso Administrativo
Sala
Plena
Año
2009

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 40/2009

EXP. N°: 614/2008

PROCESO: Contencioso Administrativo

PARTES: Federación Departamental de la Micro y Pequeña Empresa La Paz FEDEMYPE c/ Prefectura del Departamento de La Paz y el Ministerio de la Presidencia.

FECHA: 06 de febrero de 2009

___________________________________________________________________

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por la Federación Departamental de la Micro y Pequeña Empresa-La Paz (FEDEMYPE) contra la Prefectura del Departamento de La Paz, en la que impugna la Resolución Prefectural 1358/2007 de 5 de diciembre de 2008, los antecedentes del proceso, el informe del Ministro Tramitador Hugo R. Suárez Calbimonte; y

CONSIDERANDO: Que de los antecedentes procesales se evidencia que mediante providencia de fojas 53, se otorgó a la entidad demandante el plazo de diez días, computables desde su notificación, para que cumpla con las formalidades establecidas en las disposiciones contenidas en el artículo 58 y los incisos 3), 5), 6) y 7) del artículo 327, ambos del Código de Procedimiento Civil; adecue su demanda a la Ley del Ministerio Público y presente copia legalizada de la resolución impugnada además de constancia de su notificación. Consta también que la entidad demandante fue notificada el 21 de octubre de 2008 en Secretaría de Cámara de Sala Plena conforme consta en la diligencia de fojas 54, sin que hubiera dado cumplimiento a lo ordenado, correspondiendo aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: LA Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 46 a 51, disponiendo el archivo de obrados.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Firmado

Mostrando 12 de 24 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

Consta también que la entidad demandante fue notificada el 21 de octubre de 2008 en Secretaría de Cámara de Sala Plena conforme consta en la diligencia de fojas 54, sin que hubiera dado cumplimiento a lo ordenado, correspondiendo aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

Datos del proceso

Demandante
Federación Departamental de la Micro y Pequeña Empresa La Paz FEDEMYPE
Demandado
Prefectura del Departamento de La Paz y el Ministerio de la Presidencia.
Proceso
Contencioso Administrativo
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso Administrativo / Demanda / Subsanación
Tribunal Supremo de Justicia6 de febrero de 2009AS/0040/2009Fuente oficial