Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PLENA
AUTO SUPREMO N°40/2021
Sucre, 28 de abril de 2021
EXPEDIENTE: 34/2020 HS
PROCESO: Homologación de Sentencia
PARTES: Pablo Horacio Llanos
MAGISTRADO TRAMITADOR: Lic. Esteban Miranda Terán
VISTOS EN SALA PLENA:
La solicitud de Homologación de Sentencia emitida en el extranjero para fines de ejecución, de 3 de julio de 2020, de fs. 13, presentada por Pablo Horacio Llanos, a través de su apoderada Karen Fabiola García Salazar; la Resolución en el proceso de Adopción 340/2018-8, emitida mediante Auto N° 224/2019 de 8 de abril de 2019, por el Juzgado de Primera Instancia N° 8 de Sabadell-España de fs. 6 a 10; el certificado de nacimiento de fs. 5; la providencia de admisión de 7 de septiembre de 2020 de fs. 17; y, los antecedentes procesales de la solicitud.
.- ANTECEDENTES PROCESALES:
Pablo Horacio Llanos, a través de su apoderada Karen Fabiola García Salazar, por memorial de fs. 3, solicitó la homologación y ejecución de la Resolución de Adopción, determinada por Auto N° 224/2019 de 8 de abril de 2019, emitido dentro del Proceso de Adopción N° 340/2018-8, tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia N° 8 de Sabadell-España.
Admitida la demanda por proveído de 7 de septiembre de 2020 de fs. 17, se ordenó la citación de Juana Neida Llanos Villagra, madre del adoptado; notificado el solicitante el 14 de octubre de 2020; por memorial de 19 de octubre de 2020 de fs. 14, su apoderada, Karen Fabiola García Salazar, promovió recurso de reposición, contra dicho proveído de Admisión de fs. 17, solicitando se deje sin efecto la citación a Juana Neida Llanos Villagra, argumentando que el solicitante de la homologación de adopción, Pablo Horacio Llanos es mayor de edad y por ello, ya no precisa la conformidad, de su señora madre, porque durante el trámite de la adopción determinada en el Auto 224/2019, ésta ya fue oída y no habiendo expresado oposición a la adopción.
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