Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO N° 41 Fecha: 17 de mayo de 2002
DISTRITO : La Paz.
PARTES : Dario Vila Conde c/ Empresa "Dixi" Ltda.
Pago de beneficios Sociales.
RELATOR : Ministro: Freddy Reynolds Eguía.
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VISTOS : El recurso de casación de fs. 51-52 vta. interpuesto por Víctor Malky, en representación de la Empresa "Dixi" Ltda., contra el auto de vista de 2 de septiembre de 1998 de fs. 49 dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de La Paz, en el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Darío Vila Conde contra la mencionada firma, sus antecedentes, el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 57-58 y
CONSIDERANDO : Que interpuesta la demanda de fs. 3-4 y tramitada conforme a derecho, el Juez Segundo de Trabajo y S.S. del Distrito Judicial de La Paz pronuncia la sentencia de fs. 38 y 39 vta. por la que declara probada en parte la acción intentada y dispone el pago de la suma de dinero que arroja la liquidación que obra en su parte resolutiva. En grado de apelación y mediante auto de vista de 2 de septiembre de 1998 de fs. 49, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior confirma en todas sus partes el mencionado fallo contra el que se recurre de casación.
CONSIDERANDO : Que la revisión de obrados destaca que los Tribunales de instancia han apreciado y valorado la prueba con estricto apego a la ley en ejercicio de las facultades que, con carácter privativo incensurable, les confieren las disposiciones legales en vigencia, habiéndose pronunciado con verdadera sindéresis jurídica al determinar los siguientes extremos :
1°.- Que ha existido la relación laboral de cuyo hecho se desprende que Darío Vila Conde trabajó en la Empresa "Dixi" Ltda. por el tiempo de 18 años, 2 meses y 11 días, hasta su renuncia voluntaria mediante nota de fs. 22, como consta en la liquidación de fs. 2 presentada por el propio demandante.
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