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AS/0041/2018

Tribunal Supremo de Justicia
27 de febrero de 2018Social 1eraMag. Esteban Miranda Terán

Derecho de la Seguridad Social / Largo plazo / Renta de vejez / Calificación / Constancia de aportes / Documentación supletoria se halla habilitada para acreditar los periodos efectivamente trabajados (verdad material)

La entidad recurrente alega que no corresponde la aplicación del art. 14 del DS 27543 de 31 de mayo de 2004, en razón de que esta norma no regula los trámites de Compensación de Cotizaciones, y solo “proceden” para trámites del Sistema de Reparto, siendo ambos distintos; que además, para el sector d...

Proceso
COMPENSACIÓN DE COTIZACIONES
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 41

Sucre, 27 de febrero de 2018

Expediente : 128/2017

Demandante : Lourdes Gutiérrez Suarez

Demandado : Servicio Nacional del Sistema de Reparto

Proceso : Compensación de Cotizaciones

Distrito : Cochabamba

Magistrado Relator : Dr. Esteban Miranda Terán

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 144 a 148, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado por su Director General Ejecutivo a.i. Juan Edwin Mercado Claros, a través de su apoderado Wilmer Sanjinéz Lineo, contra el Auto de Vista Nº 166/2016 de 13 de julio, de fs. 139 a 142, pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; en el trámite de compensación de cotizaciones seguido por Lourdes Gutiérrez Suarez contra la entidad recurrente; el Auto de 10 de enero de 2017, cursante a fs. 153, que concedió el recurso; el Auto Supremo Nº 128-A de 7 de abril de 2017 (fs. 161), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.

Resolución Comisión de Nacional de Prestaciones.

Que dentro del trámite de Compensación de Cotizaciones, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto emitió la Resolución Nº 5029 de 25 de julio de 2014, cursante a fs. 105, por el que resolvió otorgar a favor de Lourdes Gutiérrez Suarez, el Formulario de Cálculo de Cotizaciones Nº 38430, en el cual se consideró un monto de Compensación de Cotizaciones de Bs478,75.- (cuatrocientos setenta y ocho 75/100 bolivianos), documento válido para tramitar su Certificado de Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual, previa aceptación del mismo.

Resolución Comisión de Reclamación

Ante la interposición del Recurso de Reclamación por la asegurada de fs. 108 a 109, el Directorio General Ejecutivo y el Jefe de Unidad Jurídica del SENASIR, mediante Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 838/14 de 9 de diciembre de 2014, cursante de fs. 117 a 121, resolvió confirmar la Resolución Nº 5029 de 25 de julio de 2014, emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones, por encontrarse conforme a los datos del expediente y normativa en vigencia.

Auto de Vista

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DOCUMENTACIÓN SUPLETORIA/ Es obligación del Estado de salvaguardar el capital humano, a través de la otorgación de una Renta de subsistencia por el trabajo prestado y aportes efectuados, que no puede desconocerse cuando existe documentación de respaldo y en su caso documentación supletoria que acredite aportes realizados; como por ejemplo estudios matemáticos actuariales y sus complementarios en el caso de la banca privada.

Datos del proceso

Demandante
Lourdes Gutiérrez Suarez
Demandado
Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Proceso
COMPENSACIÓN DE COTIZACIONES
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán

Precedente

Artículos 45, 67-II y 410 de la Constitución Política del Estado Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004 Artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 498 de 7 de septiembre de 2005

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