Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 42
Sucre, 9 de marzo de 2023
Expediente: 93/2023-S
Demandante: Dennis Mauricio Soruco Risco
Demandado: Empresa Municipal de Aseo de Trinidad “EMAUT”.
Materia: Pago de Beneficios sociales
Departamento: Beni
Magistrado Tramitador: Lic. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 263 a 264, interpuesto por la Empresa Municipal de Aseo Urbano de Trinidad, representado por Cristian Miguel Cámara Arratia; contra el Auto de Vista N° 51/2022 de 22 de julio de fs. 252 a 255; emitido por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; dentro del proceso de pago de beneficios sociales seguido por Dennis Mauricio Soruco Risco, contra la empresa recurrente; el Auto de 1 de septiembre de 2022, que concedió el recurso de fs. 272; los antecedentes procesales, todo lo que en materia fue pertinente analizar, y;
I. CONSIDERACIONES LEGALES:
El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975 (CPC-1975), elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT).
En vigencia del Código Procesal Civil (CPC-2013), que establece en su Disposición Segunda, la abrogatoria del citado CPC-1975, corresponde aplicar al caso de autos, la normativa del CPC-2013; por lo que, en aplicación de los arts. 274 en relación al 277-I del señalado CPC-2013, se efectúa el examen de admisibilidad del recurso presentado.
Mostrando 14 de 28 parrafos.