Texto del fallo
AUTO SUPREMO Nº 043/2014
Sucre, 25 de marzo de 2014
EXPEDIENTE: S.446/2009
DISTRITO: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 172 a 173 y vuelta, interpuesto por John Freddy Sanjinés Solares; y el recurso de casación de fojas 177 a 179 interpuesto por Shirley Bertha Mendoza Zegarra en representación legal de Jorge Pacheco Franco Presidente del Directorio del Club The Strongest mediante Testimonio de Poder N° 140/2008 20 de marzo de 2008 ante Notaria de Fe Pública N° 82 del Distrito Judicial de la Paz (fojas 81 a 82); contra el Auto de Vista Nº 38/09 de 27 de febrero de 2009 (fojas 169 y vuelta), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso laboral, por pago de beneficios sociales seguido por John Freddy Sanjinés Solares contra el Club The Strongest, el memorial de responde de fojas 182 y vuelta, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 30/2008 de 1 de abril de 2008 (fojas 93 a 97), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 3 a 4 de obrados; debiendo en consecuencia el Club The Strongest cancelar lo siguiente:
JOHN FREDDY SANJINES SOLARES
Fecha de ingreso: agosto 2002
Fecha de retiro: junio 2005
Tiempo de trabajo: 2 años, y 9 meses
Promedio Indemnizable: $us. 300
Desahucio: $us. 900,00
Indemnización: $us. 825,00
Sueldos devengados 3 meses gestión 2005: $us. 900,00
Horas Extras 2 hs. X día pago doble 1.68 $us: $us. 1.108,80
TOTAL A CANCELAR: $us. 3.733,80
En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 38/09 de 27 de febrero de 2009 (fojas 169 y vuelta), REVOCÓ EN PARTE la Sentencia Nº 30/2008 de 1 de abril de 2008 a fojas 93 a 97 de obrados, debiendo la entidad demandada cancelar a favor del actor la suma de $us. 2.925 de acuerdo a la siguiente liquidación. Sin costas por ser ambas partes apelantes.
Tiempo de servicios: 2 años, y 9 meses
Promedio Indemnizable: $us. 300
Desahucio: $us. 900,00
Indemnización: $us. 825,00
Sueldos devengados 3 meses gestión 2005: $us. 900,00
Aguinaldo duodécimas gestión 2005: $us. 150,00
Vacaciones última gestión: $us. 150,00
TOTAL A CANCELAR: $us. 2.925,00
Contra esta resolución, las partes deducen recurso de casación, esgrimiendo a su turno los siguientes argumentos:
El primer recurso de casación (fojas 172 a 173 y vuelta) correspondiente a John Freddy Sanjinés Solares. Refiere que en el Auto de Vista recurrido no apreció correctamente las pruebas cursantes a fojas 50 a 53 debidamente selladas y firmadas por el Directorio, que demuestran que su sueldo promedio indemnizable era de 600 $us. y no de 300 $us. como insinúan los comprobantes de egreso aportados por la parte demandada de fojas 70 a 73 sin ningún sello ni firma, interpretados erróneamente por ambas instancias, agrega que su persona evidentemente recibió la suma de 300 $us. los últimos meses chantajeado por promesas falsas de que ese monto era temporal.
Señala que los comprobantes de pago de fojas 50 y 51 carecen de validez porque fueron calcados de los comprobantes de fojas 70 a 73, estas anormalidades fueron reclamadas pidiendo sean remitidos al Ministerio Público para su investigación.
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