Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: No. 44 Sucre, 27 de enero de 2007
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Julian Hidalgo Peredo
Homicidio
RELATOR: Ministro Dr. Bernardo Bernal Callapa
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VISTOS: el recurso de casación formulado por Máxima Arnez Peredo de fojas 141 a 143, impugnando el Auto de Vista de fecha 24 de febrero de 2006 cursante de fojas 133 a 134 vuelta pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra Julián Hidalgo Peredo por el delito de homicidio previsto y sancionado por el artículo 251 del Código Penal, sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, los precedentes invocados, el Auto Supremo admisorio y;
CONSIDERANDO: que de fojas 61 a 63 y vuelta, el Tribunal de Sentencia de Villa Tunari del Departamento de Cochabamba en sentencia declara a Julián Hidalgo Peredo absuelto de pena y culpa del delito acusado de homicidio, previsto en el artículo 251 del Código Penal.
Que, contra la aludida sentencia, recurre de apelación restringida el fiscal adjunto Raúl Lazcano Murillo, la misma que por Auto de Vista de fecha 24 de febrero de 2006 cursante de fojas 133 a 134 vuelta pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara improcedente el recurso de apelación restringida y deliberando en el fondo "confirma" la sentencia apelada.
CONSIDERANDO: que en contra del fallo indicado recurre en casación la acusadora particular Máxima Arnez Peredo, con el siguiente fundamento:
1.- Denuncia de que el imputado "ha hecho desaparecer las pruebas más valiosas como el certificado de defunción y el certificado médico y otras pruebas, gracias a la habilidad de un funcionario del Tribunal de Sentencia de Villa Tunari y que por ese hecho el imputado habría sido declarado absuelto de pena y culpa".
2.- Que en su condición de persona pobre siempre habría buscado la reparación de los daños causados a su persona como a sus pequeños hijos y denuncia de que el Tribunal de alzada en su fallo recurrido no haya velado los intereses de las víctimas así como vuelve a denunciar que "un funcionario esté lucrando con la desgracia de gente pobre y campesina y que por esta razón no existiría juez natural".
3.- Manifiesta la recurrente también, de que el Tribunal de alzada lo único que habría hecho es revisar la sentencia absolutoria sin interesarse en las consecuencias de la sentencia que va en grave perjuicio de sus intereses, y que no tomó en cuenta la declaración de Marcelina Gonzales de Peredo, que habría sido testigo presencial del homicidio a Andrés Jora y que extrañamente habría resuelto el Tribunal de alzada no obstante de esta prueba declarando la improcedencia del recurso con el fundamento de que no existió prueba suficiente para condenar al culpable.
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