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TSJ

AS/0046/2018-A

Tribunal Supremo de Justicia
1 de febrero de 2018Social 1eraMag. Esteban Miranda Terán
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOS, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 46-A

Sucre, 1 de febrero de 2018

Expediente : 35/2018

Demandante : Gregorio Rene Choque

Demandado : Radiodifusoras Poplares SA REP LEG

Materia : Beneficios Sociales

Distrito : La Paz

VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs. 211-212, interpuesto por Claudia Mireya Benítes Ávila, en representación Radio Difusoras Populares S.A. “RTP”, contra el Auto de Vista Nº 213/2017-SSA-I de 25 de septiembre de fs. 207 y vta., emitido por la Sala Social y Administrativa, Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales y otros, seguido por Gregorio René Choque Aruquipa, contra la empresa que represente la recurrente, el Auto de 08 de enero de 2018, de fs. 214, por el que concedió el recurso, los antecedentes y

CONSIDERANDO I: Que, el Cód. Pdto. Civ. de 6 de agosto de 1975, elevado a de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, en merito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab.

Que, al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil, Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, que dispuso en su Disposición Abrogatoria Segunda, la abrogatoria el Código de Procedimiento Civil, determinado en su Disposición Transitoria Sexta, que: “Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y en casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”.

En mérito a ello corresponde aplicar las normas de esta última disposición legal, en el marco de los límites contenidos en el aludido art. 252 del Cód. Proc. Trab., es decir, en cuanto a los aspectos procesales que no se encontraren expresamente previstos en dicho Código y siempre que no signifique la violación de los principios del Derecho Procesal Laboral.

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Datos del proceso

Demandante
Gregorio Rene Choque
Demandado
Radiodifusoras Poplares SA REP LEG
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia1 de febrero de 2018AS/0046/2018-AFuente oficial