Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0048/2003

Tribunal Supremo de Justicia
1 de agosto de 2003Plena
Proceso
Detención Preventiva con fines de Extradición
Sala
Plena
Año
2003

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 048/2003 FECHA: 1 de agosto de 2003

EXP. N° : 134/2003

PROCESO : Detención Preventiva con fines de Extradición

PARTES : H. Embajada de la República Federativa del Brasil c/ Antonio Carlos

Rodrígues

INFORMADOR: Ministro Eduardo Rodríguez Veltzé

VISTOS EN SALA PLENA: La formalización de extradición formulada por la Embajada de la República Federativa del Brasil, la documentación acompañada para el efecto, el informe del Ministro Eduardo Rodríguez Veltzé; y

CONSIDERANDO: Que la Embajada de la República Federativa del Brasil, acompañando los documentos originales en copias legalizadas y la traducción respectiva del mandato de prisión preventiva, las resoluciones emitidas por el Juez de Derecho del Foro de Distrito de Arujá, Comarca de Santa Isabel, de fecha 10 de diciembre de 1998 y del Tribunal de Justicia del Estado de San Pablo de 5 de junio de 2001, así como la traducción de la legislación penal aplicable al caso, la extradición del ciudadano brasileño Antonio Carlos Rodrígues, amparada en el Tratado de Extradición Bilateral suscrito entre Bolivia y Brasil en fecha 25 de febrero de 1938.

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido por el art. VI del Tratado de Extradición suscrito entre Bolivia y Brasil (Ley de 18 de abril de 1941), se podrá solicitar la prisión preventiva del inculpado así como la aprehensión de los objetos relativos al delito, adjuntando copia del mandato de prisión o acto de proceso criminal equivalente emanado del juez competente y la indicación que la infracción cometida autoriza la extradición según el Tratado citado.

De igual manera, el art. II del citado Tratado bilateral, señala que la extradición será autorizada cuando se trate de infracciones que de acuerdo con la ley del Estado requerido impongan la pena de un año o más de prisión.

CONSIDERANDO: Que, en la especie, el gobierno requirente adjunta copia del mandato de prisión preventiva librado por el Juez de Derecho, José Carlos de Franca Carvalho Neto, en fecha 23 de noviembre de 2000 contra Antonio Carlos Rodrígues, cumpliendo así lo exigido por los arts. VI y V - a) del Tratado.

De igual manera, la documentación acompañada al legajo que se encuentra debidamente traducida al castellano, acredita conforme exige el art. V del Tratado, que los hechos a ser juzgados acaecieron el 19 de abril de 1997, que se encuentran previstos bajo los arts. 121 (homicidio) y 125 (aborto provocado por tercero) del Código Penal brasileño, así como en el Código Penal boliviano, encontrándose sancionados con penas privativas de libertad superiores a un año, sin que se encuentren prescritos al presente. Finalmente, tanto en el mandato de prisión preventiva como en otras piezas acompañadas a la solicitud, el requerido ha sido claramente identificado.

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el inc. 3) del art. 50 de la Ley No. 1970, dispone la DETENCION PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICION del ciudadano brasileño ANTONIO CARLOS RODRIGUES, natural de Guarulhos - San Pablo, hijo de Valdecir Louro Rodrigues y Dorly Rodrigues, nacido en 13 de junio de 1970 y con documento de identidad RG N° 8.533.441-8, para lo cual el Juez de Instrucción de Turno en lo Penal de Sucre expedirá el mandamiento de detención a nivel nacional, el que podrá ser ejecutado en cualquier lugar de Bolivia con auxilio de la INTERPOL o cualquier otro organismo policial.

Mostrando 14 de 27 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
H. Embajada de la República Federativa del Brasil
Demandado
Antonio Carlos
Proceso
Detención Preventiva con fines de Extradición
Tribunal Supremo de Justicia1 de agosto de 2003AS/0048/2003Fuente oficial