Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente No. 1/2000
AUTO SUPREMO No. 48-Social Sucre, 08 de marzo de 2003.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Guillermo Arriaza Monje c/ Hugo Bertín Amengual.
RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 206, interpuesto por Guillermo Arriaza Monje, contra el Auto de Vista de fs. 203, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz que CONFIRMA en parte la Sentencia de fs. 175-176 que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 2-3, dentro del juicio social seguido por el recurrente, en contra de Hugo Bertín Amengual, los antecedentes del proceso, el Dictamen Fiscal de fs. 212, y
CONSIDERANDO: Que el Auto de Vista recurrido Confirma en parte la sentencia de fs. 175 por la que se declara Probada la demanda de Guillermo Arriaza Monje, con la modificación de excluirse los importes correspondientes a la prima y el pago de horas extraordinarias, resolución que motiva el recurso de casación que se analiza.
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación concentra su reclamo en la falta de validez del Balance presentado por la firma demandada, argumentando que éste carece de validez y que el actor no tuvo funciones de dirección, por lo que correspondía mantener el pago de la prima y de horas extras.
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