Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0048/2015

Tribunal Supremo de Justicia
20 de febrero de 2015Social 1eraMag. Pastor Segundo Mamani Villca
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2015

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 048

Sucre, 20 de febrero de 2015

Expediente : 348-2010-S

Demandante : Beimar Huarachi Puchuly

Demandada : Javier Plata Vargas

Distrito : Tarija

Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Javier Plata Vargas, contra el Auto de Vista de 13 de abril de 2010, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso laboral seguido por Beimar Huarachi Puchuly contra el recurrente, el Auto a fs. 79 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

I.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Yacuiba de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, emitió la Sentencia de 16 de diciembre de 2009, cursante de fs. 37 a 40 vta., por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 1 a 3 vta, con costas; disponiendo que Javier Plata Vargas, pague dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia a favor del demandante Beimar Hurachi Puchuly, la suma de Bs.9.811.- con las actualizaciones, conforme al Decreto Supremo (DS) No 28699 de 1 de mayo de 2006.

I.2 Auto de Vista

Que en grado de apelación interpuesto por el demandado Javier Plata Vargas, de fs. 53 a 54 vta. de obrados, la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del distrito Judicial de Tarija mediante Auto de Vista de 13 de abril de 2010, confirma la Sentencia apelada, con costas.

II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

La resolución de segunda instancia motivó que el demandado Javier Plata Vargas mediante memorial de fs. 75 a 76, interponga recurso de casación en el fondo bajo los siguientes argumentos:

Mostrando 18 de 35 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

"... cuando en el recurso de casación se exponen denuncias relacionadas con la apreciación de la prueba, es obligación del recurrente precisar si los Tribunales de instancia incurrieron en errores de hecho o de derecho en el ejercicio de su atribución valorativa, sólo en esta circunstancia se abre la competencia de este Tribunal para realizar una nueva compulsa de la misma, hecho que se extraña en el caso de autos toda vez que el recurrente no cumplió con la carga procesal atribuible a su parte".

Datos del proceso

Demandante
Beimar Huarachi Puchuly
Demandado
Javier Plata Vargas
Magistrado relator
Pastor Segundo Mamani Villca

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva / Por no especificar los agravios en que hubiese incurrido el Tribunal de Alzada
Tribunal Supremo de Justicia20 de febrero de 2015AS/0048/2015Fuente oficial