Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 48/2018-RA Sucre: 14 de febrero 2018 Expediente: SC – 6 – 18 – S Partes: Carlos Felipe Paniagua León y Kenia Sofía Coronado de Paniagua. c/
Pablo Marcel Zegarra Terán y Jeannette Gálvez Pardo de Zegarra. Proceso: Cumplimiento de contrato respecto al pago de alquileres. Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 439 a 445, formulado por Carlos Felipe Paniagua León y Kenia Sofía Coronado de Paniagua contra el Auto de Vista Nº 316/2017 de 26 de septiembre que cursa de fs. 421 a 425 vta., pronunciado por la Sala Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de cumplimiento de contrato respecto al pago de alquileres, seguido por los recurrentes en contra de Pablo Marcel Zegarra Terán y Jeannette Gálvez Pardo de Zegarra, la concesión de fs. 456 y todo lo inherente.
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Tramitada la causa de referencia, mereció la emisión de la Sentencia Nº 30/2017 cursante de fs. 377 a 380 que declaró probada la demanda respecto al cumplimiento de contrato sobre el pago de alquileres devengados e improbada en cuanto al pago de los intereses. Y además se declara improbadas las excepciones de cosa juzgada y de prescripción como la demanda reconvencional de inexistencia de deuda formulada por los demandados. Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 316/2017 de 26 de septiembre de 2017 que confirma totalmente el Auto de fs. 233 y vta., que declara improbada la excepción de incompetencia así como el Auto pronunciado en audiencia de fecha 13 de enero de 2017 que rechaza el incidente de improponibilidad de la demanda. En el fondo decide Revocar Totalmente la Sentencia de fs. 377 a 380 y en mérito, declara Improbada la Demanda y Probada la Excepción de Prescripción, sin costas; fallo de segunda instancia que es recurrido de casación por los demandantes que es objeto de estudio en relación a los requisitos de admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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